Porque se presentaron fallas en la imputación de cargos hecha por la Fiscalía, un magistrado del Tribunal Superior declaró nulo el preacuerdo.
El magistrado ordenó la repetición de todo el proceso desde la imputación de cargos del empresario, la cual deberá hacerse con las observaciones presentadas en la decisión de segunda instancia.
Para el magistrado, además de los delitos de concierto para delinquir, peculado por apropiación e interés ilícito en la celebración de contratos, Julio Gómez también debe responder por los cargos de cohecho propio y celebración indebida de contratos dentro del proceso que se le adelanta por el ‘carrusel de la contratación’.
“En la aprobación del preacuerdo no se percataron que la Fiscalíale otorgó cuatro beneficios que acumulados superan el 50 por ciento del descuento de la pena”, explicó el magistrado.