Con ponencia del representante caldense Jairo Quintero, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), se debatirá el proyecto de ley mediante el cual se autoriza la prestación del servicio público de transporte en tricimóvil.
Se trata del proyecto de ley número 110 de 2012, “por medio de la cual se autoriza la prestación del servicio público de transporte en tricimóviles”, radicado el 29 de agosto por el representante por Bogotá Miguel Gómez, también de La U, que un año antes ya lo había radicado pero debió retirarlo el 14 de junio de 2012 dado que en 10 meses no logró que tuviera ponencia.
En esta oportunidad, está listo para debate en la Comisión Sexta de la Cámara desde septiembre y en la agenda de mañana está en tercer lugar del orden del día.
Gómez, al urgirle a la Comisión el debate del proyecto, recordó que es innegable que los tricimóviles prestan un servicio público con el cual cubren las necesidades de movilidad en zonas que, como ocurre en Bogotá, no tienen cobertura por Transmilenio y sus rutas alimentadoras.
El representante Gómez reiteró que es urgente reglamentar ese servicio del cual viven aproximadamente 32.000 familias, pues en el país existen 13.000 triciclos: “El tema hay que reglamentarlo cuanto antes porque al sistema de transporte público en Colombia le apareció de la noche a la mañana una competencia desleal que hay que reorganizar en razón de los beneficios que presta a la comunidad”.
Gómez señaló que los tricimóviles se han convertido en una alternativa de transporte de personas en tramos cortos que no superan los tres kilómetros. Trae solvencia económica para la familia, combate la falta de empleo y contribuye a mejorar el medio ambiente, pues no contaminan el aire.
En la iniciativa se propone la obligación de tomar, además del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, un seguro que ampare la responsabilidad civil contractual y extracontractual de la actividad transportadora ejercida.
Se deja en claro que son las autoridades locales las que deberán establecer, de acuerdo a estudios realizados, las condiciones de tiempo, modo y de lugar, el servicio que pueden prestar y en qué zonas lo pueden hacer dentro de cada una de las jurisdicciones. Cada una de las autorizaciones se puede hacer teniendo en cuenta las consideraciones de seguridad, salubridad, preservación del espacio público, movilidad u otras que resulten legítimas a la luz de la Constitución.