La acción jurídica que fue presentada por el ciudadano Diego Ramos Díaz, fue rechazada por la magistrada del Tribunal Superior de Cundinamarca, Carmen Rengifo, quien señaló que no encontró elementos que probaran una vulneración de los derechos tanto del Alcalde Mayor, Gustavo Petro como de Ramos.
En el fallo proferido por la corporación se contempla la falta de la legitimación por parte de Ramos, pues al momento de las elecciones de Alcalde su cédula estaba inscrita en el municipio de la Plata, Huila, por lo tanto no se vulneró su voto.
Decenas de tutelas fueron presentadas ante el Tribunal para reversar la sanción disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación que lo destituyó e inhabilitó para ejercer cargos públicos por término de 15 años.
El Ministerio Público, al momento de proferir el fallo, señaló que se encontraron “graves faltas” en la implementación del esquema de basuras en la ciudad en diciembre de 2012.