Tribunal ordenó restituir al alcalde Petro | El Nuevo Siglo
Miércoles, 23 de Abril de 2014

Restituir en su cargo al exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro, en las próximas 48 horas, en cumplimiento de medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le habría ordenado el Tribunal Superior de Bogotá al presidente Juan Manuel Santos, según informó anoche el abogado Iván Acuña, miembro del equipo de defensa del exburgomaestre.

"Lo que está haciendo el Tribunal Superior de Bogotá es solicitarle al presidente de la República que acate la decisión y que lo restituya en el término de 48 horas", dijo Acuña.

La decisión se tomó luego de resolver un recurso de tutela interpuesto por el ciudadano Verano Muñoz, quien consideró que el jefe de Estado tenía la obligación de acoger las decisiones de la Comisión y que al no hacerlo se había violado su derecho "de elegir y ser elegido".

Santos destituyó a Petro en marzo pasado, ejecutando una sanción disciplinaria que la Procuraduría le había impuesto en diciembre y después de tres meses de disputa judicial, que terminaron con una decisión del Consejo de Estado de negar varias tutelas a favor del alcalde.

El presidente Santos ejecutó la sanción a Petro tras no acoger las medidas cautelares dictadas por la CIDH para evitar su destitución. En su momento, el jefe de Estado sostuvo que “el papel del Sistema Interamericano de Derechos Humanos es complementario y alternativo por lo cual solo debe operar en el evento que no funcione o haya una falla en el sistema interno”, mientras que la canciller María Ángela Holguín explicó que las medidas cautelares “no son obligatorias”.

Ayer, según Acuña, “el Tribunal decidió amparar los derechos fundamentales” de Petro “para que se diera cumplimiento a la decisión de la CIDH cuando consideró que debían otorgarse medidas cautelares”.

Por cierto que ayer, al conocer la noticia, el exministro Germán Vargas, fórmula vicepresidencial de Santos en la campaña por la reelección, dijo desde Cartagena que “creo que las decisiones de la Comisión para estos efectos no son vinculantes en Colombia, pero la decisión del Tribunal Superior sí”.

El abogado Acuña destacó que el amparo es vinculante, a pesar de que proviene de un tribunal menor al que ya había rechazado otras tutelas a favor del alcalde, porque no se refiere a la sanción inicial que llevó a la destitución sino al incumplimiento por Santos de las medidas cautelares ordenadas por la CIDH.

En el fallo, el Tribunal ordenó al presidente Santos que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la sentencia deje sin efectos el Decreto 570 del 20 de marzo de 2014 con que destituyó a Petro y que se tomen las decisiones a que haya lugar para el acatamiento de la medida cautelar 374-13 proferida por la CIDH.

 

Pasos a seguir

Contra la medida del tribunal local emitida ayer caben también, sin embargo, recursos de apelación.

En el fallo emitido por los magistrados Óscar Humberto Ramírez y Jorge Hernán Vargas, se ordena la restitución a su cargo en un periodo de 48 horas.

Expertos consultados por varios medios de comunicación difieren en los caminos que podría seguir el Gobierno nacional.

Aunque todos coinciden que, aunque la tesis del Ejecutivo es que la petición de la CIDH no es vinculante, sí lo es el fallo del Tribunal, hay juristas que afirman que si se interpone un recurso, Santos bien podría esperar a que éste sea resuelto y no restituir de inmediato a Petro.

La decisión puede ser apelada por la Presidencia o por la Procuraduría.

La otra posición es que una vez el presidente Santos sea notificado de la noticia deberá acatar el fallo, so pena de incurrir en el delito de prevaricato.

Tras considerar que la posibilidad de impugnar no evita que el Gobierno nacional tenga que cumplir con la orden, el exmagistrado auxiliar Rodrigo Uprimny, director del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), explicó que una vez notificada la tutela, Santos tiene tres días para impugnarla ante la Corte Suprema de Justicia.

Por su parte, el abogado Héctor Carvajal, también miembro del equipo de defensa de Petro, le dijo a RCN La Radio que "una vez se notifica al Presidente de la República solo deben transcurrir 48 horas para que se cumpla con la restitución de Petro. Esta notificación se hace a través de un correo electrónico, que es el medio más expedito, y en un máximo de dos días tiene que cumplirse".

"No se ataca en esta sentencia ninguna decisión del Consejo de Estado. Lo que se ordena, en el numeral cuarto de la sentencia del Tribunal, es que en el evento de que no se presente impugnación debe enviarse para revisión eventual de la Corte Constitucional", dijo el abogado Carvajal.

 

Destitución

"Esta vez Tribunal Superior de Bogotá protege derechos políticos, que son derechos humanos de la ciudadanía bogotana, de Bogotá y los míos", trinó Petro.

El alcalde Petro fue destituido e inhabilitado para ejercer cargos públicos por 15 años en diciembre pasado sindicado de haber actuado con dolo en la modificación del sistema de recolección de basura de la ciudad, parte del cual pasó de manos privadas a públicas.

Aunque Santos confirmó la destitución en marzo, también dijo posteriormente -en varias ocasiones- que si algún tribunal ordenaba la restitución del alcalde, él cumpliría con ese mandato judicial.

"Cuando destituí al alcalde Petro lo hice cumpliendo la ley. Reitero una vez más, si algún juez me ordena su restitución, no vacilaré en cumplir con esa orden", sostuvo el pasado lunes Santos, después de nombrar como alcaldesa designada a María Mercedes Maldonado.

 

Revocatoria

Con esta decisión se activa el proceso de revocatoria del mandato de Petro, por lo que en las próximos días la Registraduría volvería a fijar fecha para adelantar los comicios.

Precisamente el ex vicepresidente Francisco Santos tuiteó que el destituido alcalde "doblegaba a la justicia" y que esperaba darle una lección a través de la revocatoria: "Petro doblega a la justicia. Los bogotanos doblegamos a Petro. Vamos por la revocatoria. Démosles una lección a los jueces y al país"./AFP-ENS