POLÍTICA. Es necesario para garantizar el derecho a la justicia en el acuerdo de paz con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, Farc, formular un acuerdo sobre tratamiento diferenciado de la violencia sexual con respecto a los restantes delitos. Así lo concluyen cuatro organizaciones e iniciativas del país que le han hecho seguimiento a esta negociación desde sus inicios a finales del año 2012.
La propuesta fue formulada por la campaña No es hora de callar, la Corporación Humanas, la Corporación Sisma Mujer y la Red Nacional de Mujeres.
Precisamente estas organizaciones e iniciativas hicieron público hace pocos días el documento Cinco claves para un tratamiento diferencial de la violencia sexual en los acuerdos sobre la justicia transicional en el proceso de paz, el cual previamente remitieron a la mesa de La Habana. Este texto genera, según las mismas, los lineamientos básicos para lograr una paz sostenible mediante la implementación de políticas y medidas justas y diferenciadas para las mujeres y niñas víctimas de violencia sexual dentro del conflicto armado.
El documento hace recomendaciones en cinco aspectos del acuerdo de paz en lo que tiene que ver con cese el fuego, verdad, reparación, no repetición y justicia.
En lo que tiene que ver con el punto de la justicia transicional que se aplicará a los cabecillas de las Farc así como a los agentes del Estado y civiles que se acojan a la Jurisdicción Especial para la Paz por haber incurrido en delitos de lesa humanidad y de guerra, las organizaciones firmantes del documento justifican que el trato diferenciado de la violencia sexual con respecto a los restantes delitos tiene sustento en al menos tres razones principales: la primera se refiere a que la violencia sexual en tanto forma de violencia contra la mujer es una expresión de discriminación en su contra que requiere la adopción de medidas diferenciadas para transformar las desigualdades estructurales que la provocan. La segunda razón es que las mujeres han enfrentado recurrentemente obstáculos de acceso a la justicia que se reflejan en cuestionamientos a su credibilidad, culpabilización por lo sucedido y otras prácticas “revictimizantes que han generado un panorama general de impunidad para estos crímenes”.
La tercera razón, dice el documento, es que los modelos de justicia transicional adoptados en diferentes contextos hasta el momento no han sido desarrollados desde la perspectiva de las mujeres para satisfacer sus derechos y, por ello, es necesario profundizar en mecanismos especializados para lograrlo.
Añade el documento que una consecuencia concreta del tratamiento diferenciado requerido para la violencia sexual en el marco de la justicia transicional está en la observación de las recomendaciones internacionales que destacan la necesidad de que los delitos de violencia sexual queden excluidos de las disposiciones de amnistía e indulto en el contexto de los procesos de solución de conflicto.
“Otra es que no deberá siquiera reclamarse una relación entre la conexidad de la violencia sexual con los delitos políticos para beneficiarse de medidas como la amnistía y el indulto. Tampoco se debe reclamar la competencia para que jurisdicciones especiales, como la
Justicia Penal Militar, tramiten las investigaciones sobre hechos de violencia sexual. En ningún caso puede justificarse la violencia sexual como un acto afín a los objetivos de la guerra”.
El acuerdo
En diciembre pasado, el Gobierno y las Farc llegaron a un acuerdo sobre el punto número cinco de la agenda, que tiene que ver con las víctimas generadas por el conflicto armado. En el marco del mismo las partes convinieron crear el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
El Sistema Integral tiene un enfoque diferencial y de género, que según el acuerdo suscrito se ajusta y responde a las características particulares de la victimización en cada territorio y cada población, y en especial a las necesidades de las mujeres y de los niños.
En materia de justicia el acuerdo contempla crear una Jurisdicción Especial para la Paz, que contará con Salas de Justicia y con un Tribunal para la Paz. Las Salas y el Tribunal estarán integrados principalmente por magistrados colombianos, y contarán con una participación minoritaria de extranjeros que cumplan los más altos requisitos.
También se determinó penas alternativas de entre cinco y 8 años para los desmovilizados de la guerrilla que digan la verdad y acepten su responsabilidad en los hechos victimizantes, aunque no irán a la cárcel sino tendrán restricción de la libertad.
No obstante, aún falta por determinar los delitos que serán amnistiables o indultables por ser conexos con la rebelión. Esa tarea debe realizarla el Congreso al momento de hacer las leyes que implementen los acuerdos de paz.
Solo hasta cuando eso pase se sabrá si la violencia sexual en el marco del conflicto tendrá un tratamiento diferenciado con respecto a los restantes delitos.
Las mujeres han sido las principales víctimas de violencia sexual en el conflicto armado.