Tasa de usura para crédito de consumo 28,76% | El Nuevo Siglo
Martes, 30 de Septiembre de 2014

La Superfinanciera confirmó que la tasa de usura para el cuarto trimestre se sitúa en 28.76% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Además informó que dejará  en 52.22% efectivo anual para la modalidad de microcrédito, resultado que representa una disminución de 24 puntos básicos (-0.24%) para consumo y ordinario y un aumento de 104 puntos (1.04%) para microcrédito, con respecto al periodo anterior.

Así mismo manifestó que en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 30 de septiembre la Resolución No. 1707 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes períodos y modalidades de crédito:
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, 28.76% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 52.22% efectivo anual para la modalidad de microcrédito.

Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente.