La Corte Constitucional fijó "estrictas condiciones" para la reanudación de la fumigación aérea con glifosato de cultivos ilícitos, suspendida oficialmente desde octubre de 2015 por problemas ambientales y de salud.
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La fumigación aérea con glifosato a los cultivos ilícitos seguirá suspendida en el país, aseguró ayer el ministro de Defensa Nacional, Luis Carlos Villegas, al referirse a una sentencia de la Corte Constitucional en la cual establece estrictas condiciones si es que se quiere reactivarla.
Villegas dijo que “creo saber un poco de derecho y me leí esa sentencia y no tiene nada nuevo. Por el momento no me siento tentado a hacer ningún movimiento por cuenta de esa sentencia, esperemos a ver qué otra interpretación hay, pero sigue siendo una puerta cerrada”.
Desde octubre del año 2015, cuando la Corte Constitucional estableció que ante indicios de posibles daños a la salud se debía suspender el uso aéreo de esta sustancia, la erradicación de sembradíos ilegales se realiza de forma manual.
No obstante por el crecimiento de los cultivos de coca en el territorio nacional, hasta las 190 mil hectáreas, el Gobierno ha sido fuertemente criticado por varios sectores, entre éstos el uribismo y el exprocurador Alejandro Ordóñez, quienes achacan esta situación a la decisión de suspender la fumigación con glifosato.
Empero ayer, el ministro Luis Carlos Villegas defendió nuevamente la estrategia adoptada por la administración Santos contra los cultivos ilícitos, basada en la erradicación manual forzosa así como concertada con los campesinos a través de la sustitución de cultivos.
El Ministro se ratificó en la viabilidad de la meta para erradicar de manera forzosa 50 mil hectáreas este año y 2.500 hectáreas en el programa de sustitución voluntaria.
La semana pasada, el presidente Santos en su reunión con el mandatario norteamericano, Donald Trump, le explicó la estrategia que tiene para reducir los cultivos ilícitos así como se comprometió a su reducción.
La sentencia
La Corte Constitucional fijó "estrictas condiciones" para la reanudación de la fumigación aérea con glifosato a los cultivos ilícitos.
Aunque mantuvo la restricción, el alto tribunal indicó en un fallo que el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE), encargado de las políticas de erradicación, "solo podrá modificar la decisión de no reanudar" la fumigación aérea cuando se cumpla una serie de "características mínimas".
Entre ellas, que un órgano distinto e independiente a las entidades encargadas de ejecutar los programas de erradicación diseñe y reglamente una regulación para la aspersión aérea.
"La regulación debe derivarse de una evaluación del riesgo a la salud y otros riesgos, como el riesgo al medio ambiente, en el marco de un proceso participativo y técnicamente fundado", afirma.
Cuando "se alerte sobre nuevos riesgos", se deberá revisar automáticamente el proceso por parte de entidades con capacidad de prevenir las afectaciones.
La Corte, que vela por el cumplimiento de la Carta Magna, sostuvo que la decisión de levantar o mantener la suspensión "deberá fundarse en evidencia objetiva y concluyente que demuestre ausencia de daño para la salud y el medio ambiente".
El tribunal ordenó al Ministerio del Interior, que preside el CNE, que en un plazo máximo de seis meses le informe sobre "las medidas legislativas y/o reglamentarias" adoptadas para cumplir su sentencia, así como de su implementación.
El fallo fue ordenado tras la revisión de una tutela interpuesta por comunidades indígenas y afrodescendientes del departamento del Chocó, que reclamaron una consulta previa antes de que se fumigara su territorio, y afectaciones ambientales y en su salud.
El Gobierno inició en enero pasado fumigaciones manuales con glifosato, tras un plan piloto que estableció protocolos ambientales y sanitarios.
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