Suspenden a exalcalde de La Palma, C/marca | El Nuevo Siglo
Lunes, 7 de Julio de 2014

La Procuraduría General de la Nación confirmó la suspensión de dos meses en el ejercicio del cargo e inhabilidad especial por el mismo término impuesta al señor Jairo Segundo Melo Prieto, en su condición de alcalde municipal de la Palma (Cundinamarca) para la época de los hechos.

El Ministerio público consideró que el exalcalde incurrió en violación del Artículo 43 de la Ley 80 de 1993 al demorar la entrega a la Contraloría de Cundinamarca de  los contratos suscritos y el acto de declaratoria de urgencia manifiesta para el respectivo control.

Según el fallo de segunda instancia, con su conducta el disciplinado cometió la falta disciplinaria descrita como incumplimiento al deber, consagrada en el Artículo 34 de la ley disciplinaria, calificada por el ente de control como grave a título de culpa grave.

Por no encontrarse actualmente vinculado al servicio público y en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 46 de la ley 734 de 2002, el tiempo de suspensión fue convertido a salarios de acuerdo al monto devengado al momento de cometer la falta, por lo que deberá cancelar la suma de $5.484.472 a favor del municipio de La Palma.