La Superintendencia de Puertos y Transporte, dentro de sus funciones de inspección, vigilancia y control en el cumplimiento de las normas nacionales de Tránsito, recomienda a todos los gerentes de las Terminales de Transporte de Colombia incluir en sus manuales operativos la inmediata prohibición –dentro de sus instalaciones –del expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas.
Las Terminales de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera son consideradas como el conjunto de instalaciones que funcionan como una unidad de servicios permanentes, junto a los equipos, órganos de administración, servicios a los usuarios, a las empresas de Transporte y a su parque automotor, donde se concentran las empresas autorizadas o habilitadas que cubren rutas que tienen como origen, destino o tránsito un respectivo municipio o localidad. En tal sentido, dentro de ese conjunto de instalaciones será prohibida la existencia de unidades que expendan cualquier clase de licor. “Es necesario impedir que se expendan y/o consuman bebidas alcohólicas en estas instalaciones, ya que esta situación va en contra del principio de seguridad en la prestación servicio público de transporte de pasajeros por carretera.
La Superitendencia invitó a los gerentes de los Terminales y a los alcaldes locales, municipales y distritales para que adopten las medidas necesarias en este sentido”, comentó Jorge Andrés Escobar, superintendente Delegado de Tránsito y Transporte, de la Supertransporte.
En Colombia, la ingesta de bebidas alcohólicas por parte de los conductores se ha constituido en una de las principales causas de accidentes de tránsito, influyendo notoriamente en la ocurrencia de aquellos que han producido víctimas fatales.
De ahí que la vigilancia en los controles para trabajar por la prevención de la accidentalidad en la prestación del servicio público de transporte en el país sea uno de los principales objetivos de la Supertransporte, en aras de brindarles a los colombianos un servicio de mayor calidad y seguridad.