Esta orden impartida por la Superintendencia Nacional de Salud, obliga a nueve empresas que actualmente ofrecen planes voluntarios de salud (medicina prepagada, planes complementarios, ambulancia prepagada y pólizas de seguros) a suspender su comercialización.
La decisión se generó por el incumplimiento de estas compañías frente a lo ordenado en la circular externa 020 de diciembre de 2015, en la que se les solicitó a todas las empresas que ofertan estos productos y/o servicios, reportar la nota técnica de cada uno de sus planes.
A estas empresas se les fijó un plazo para el reporte de la información, con la que se establece si las tarifas y los incrementos de los planes que ofrecen se encuentran justificados debidamente.
Las nueve entidades que no reportaron en el tiempo estipulado, deberán suspender la comercialización de algunos de sus productos hasta que la información solicitada sea reportada y evaluada por esta superintendencia.
Adicionalmente, la Superintendencia Nacional de Salud dará inicio formal a los procesos administrativos sancionatorios a los que haya lugar frente a este incumplimiento.
La solicitud de información a estas empresas, hace parte de un proceso de revisión técnica de los contenidos y tarifas estipuladas que la Superintendencia implementa por primera vez con el fin de evitar cobros injustificados y excesivos a los usuarios.