El viceministro de Vivienda, Guillermo Herrera, a propósito de la modificación del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Bogotá, consideró que “es necesario unificar los modelos de modificación y renovación de los POT en el país para que no se justifiquen algunos cambios en los vacíos jurídicos en la ley, y según los criterios de cada administración municipal, lo que afecta en gran medida el desarrollo de las ciudades”.
Para Herrera, el POT decretado en Bogotá afecta los tributos, por lo que era necesario revisar con qué sustento legal se creaban nuevos impuestos: “La compensación de pago en efectivo va en la manera en que los constructores le salgan al paso a las exigencias del POT, y esto dejará en manos del Distrito, la adecuación de vías, parques, entre otras infraestructuras que se requieran para los nuevos proyectos de construcción en la capital de la República, situación que además no va a permitir que haya homogeneidad en las diferentes zonas de la ciudad, lo que le resta competitividad”.
Por su parte, el alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro, instó al Ministerio de Vivienda a cumplir con lo establecido por la Constitución de 1991 y a respetar la autonomía territorial: "El Ministerio de Vivienda no puede usurpar las facultades que la Constitución le entregó a las entidades territoriales, en el sentido de darle toda la autonomía territorial en términos del uso del suelo. El Ministerio de Vivienda quisiera ordenar el suelo de Bogotá y eso es inadmisible si queremos mantenernos en la Constitución del 91".
"Indudablemente las medidas que tomó Bogotá en el sentido de restringir el uso del suelo de alto riesgo a la construcción para resguardar la vida humana y de lograr que los procesos constructivos permitan financiación de vivienda para los más pobres, no donde pueden morir sino donde pueden vivir, les ha afectado muchísimo y no quieren que ese tipo de principios se propague por el país y me parece que están afectando de una manera grave el principio de autonomía que concede la Constitución", afirmó el mandatario.