La Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) mediante Auto No. 17921 del 24 de junio de 2013, decretó una medida cautelar solicitada por Unilever Andina Colombia Ltda., contra Procter & Gamble Colombia Ltda., en la que le ordena suspender inmediatamente la presentación de 2 comerciales televisivos del producto Ariel (detergente).
Como fundamento de la decisión judicial la SIC encontró, preliminarmente, que la información suministrada por el anunciante en los comerciales del producto, en donde se compara con otros detergentes, no era lo suficientemente clara y podría generar confusión en el consumidor dándole la idea de que el producto al cual hace referencia la comparación en los comerciales es el detergente Fab, producido por Unilever.
En los comerciales se compara a Ariel con otro detergente “de los más económicos”, ofreciendo como conclusión que Ariel remueve las manchas en una sola lavada, mientras que el otro detergente lo hace en tres lavadas. Además, en los comerciales se presenta una “prueba” para demostrar que tal afirmación es verídica, lo quepodría generar la idea en el consumidor de queAriel es científicamente mejor que “otros” detergentes (entre ellos, posiblemente Fab) en cuanto al quitado de las manchas, y que de acuerdo con las pruebas presentadas no tendría fundamento y configuraría los actos desleales de engaño y descredito.
Esta medida cautelar se adoptó como consecuencia de la solicitud elevada por Unilever, quien debe instaurar la respectiva demanda judicial de competencia desleal dentro de un plazo de diez (10) días, so pena de que sea levantada la orden cautelar impartida y podría ser condenada al pago de perjuicios, si a ello hubiere lugar.