Sería ampliada la base del registro de huellas balísticas | El Nuevo Siglo
Foto archivo Agence France Press
Sábado, 10 de Junio de 2017
Redacción Política

Uno de los proyectos más estudiados en esta legislatura, lo que ha llevado a que hasta el momento no surta su primer debate, es el que establece el Registro Nacional de Identificación Balística para las armas de fuego que circulen en el territorio nacional. En días pasados, seis meses después de ser radicado, fue presentada ponencia positiva con varios cambios. El principal de ellos es que este sistema no solo debe tener una base civil sino también una criminal.

La iniciativa es de autoría de los senadores Jorge Iván Ospina, Claudia López y Antonio Navarro, de la Alianza Verde.

Teniendo en cuenta que Colombia es uno de los países de Latinoamérica donde mayor cantidad de armas de fuego circula, el senador Ospina afirmó que “es muy preocupante que en Colombia no exista un registro obligatorio de las huellas balísticas de las armas de fuego legales, por lo que no sabemos cuántas de estas armas son utilizadas por la criminalidad”.

Cabe anotar que la huella de identificación balística está conformada por las marcas características que el extremo o punta de la aguja de percusión del arma ha dejado grabadas en el lugar de impacto sobre casquillo, y por las marcas que el cañón de un arma de fuego efectúa sobre una ojiva cuando sale eyectada por un disparo.

Con esta iniciativa legislativa el Gobierno nacional por conducto del Ministerio de Defensa Nacional, llevará el Registro Nacional de Identificación Balística, conformado por el archivo físico y digital de la huella balística de cada una de las armas de fuego existentes en el territorio nacional amparadas bajo permiso para tenencia, para porte y especiales. Tendrá acceso al Registro Nacional de Identificación Balística la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y las autoridades judiciales en investigaciones donde se involucren armas de fuego.

Igualmente, el proyecto de ley estipula que el Gobierno nacional reglamentará el mecanismo para obtener en un plazo no mayor a tres años la huella balística de las armas de uso privativo de la Fuerza Pública y en un plazo no mayor a tres años la huella balística de las armas autorizadas con permisos para tenencia, para porte y especiales, por particulares y los servicios de vigilancia y seguridad privada. En el caso de los salvoconductos para personas naturales y empresas de vigilancia, los costos para la realización del registro de la huella balística correrán por parte del solicitante.

La ponencia

La ponencia para el primer debate de esta iniciativa indica que se requiere una base civil y otra criminal que conformarían un sistema. El Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares (DCCA) tomaría la huella balística de las armas amparadas en permisos y las entidades con funciones de policía judicial harían lo propio con el material balístico involucrado en las investigaciones penales.

Agrega que para la Fiscalía General de la Nación sería pertinente que el futuro Registro Nacional de Balística se desarrolle con la plataforma y los estándares actualmente desarrollados por la policía judicial para el ejercicio de sus funciones.

“Se plantea que el término para el registro se realice de manera inmediata, toda vez que durante el tiempo que se proponía de 60 días, el portador de arma de fuego puede incurrir en una conducta penal, comportamiento contrario a la convivencia, al no tener registrada la huella balística”, indica la ponencia.

En cuanto al sistema criminal que la ponencia pide para también alimentar este registro indica que se hará con la huella balística del material involucrado en una investigación penal.

El sistema criminal será desarrollado sobre la plataforma que disponga la Fiscalía General de la Nación, y funcionará bajo su administración y con los estándares que esa entidad determine para el efecto con el fin de asegurar la compatibilidad de la información recaudada.