Por considerar que es inconveniente, ilegal e inconstitucional el proyecto de ley estatutaria que propone el denominado ‘plebiscito por la paz’, el senador y ponente de la iniciativa, José Obdulio Gaviria, radicará este martes una ponencia negativa a la propuesta. Sería “nefasto” que el Congreso aprobara una norma como esa, advirtió.
En el documento que entregará este martes el senador Gaviria a la Secretaría de la Comisión Primera para el debate conjunto de estas células legislativas programado para el miércoles, se sustentan cada una de las falencias legales y constitucionales que tiene la iniciativa, que –tal y como lo advierte el congresista del Centro Democrático- ya hace parte de todo ese paquete legislativo obsoleto que el actual Gobierno y su bancada han aprobado con el pretexto de la paz.
El senador Gaviria recordó que iniciativas como el Marco Legal para la Paz, el Referendo por la paz y el mismo Acto legislativo por la paz o "congresito" (que hoy está en tercer debate) ya son normas que pasaron al olvido y quedaron en la obsolescencia.
El congresista llamó la atención sobre que lo que se quiere es aprobar es “referendo plebiscitario o plebiscito refrendatorio”. Para ello –dice el ponente Gaviria- en el informe que ya presentó el coordinador de ponentes, senador Armando Benedetti, se determina que “se entenderá que la ciudadanía aprueba el plebiscito por la paz en caso de que la votación por el ‘sí’ obtenga una cantidad de votos mayor al 13% del censo electoral vigente y supere los votos depositados por el ‘no’”. “¿Cómo calificar ese umbral? ¿Como mínimo, como ridículo, como irrisorio? Pero, en fin, son las cosas de los listos”, escribió el senador Gaviria.
Lo que se pretende en el Congreso es convertir artificiosamente un plebiscito en un referendo, lo cual es inconstitucional y recordó que “un plebiscito no puede incorporar “disposiciones”. Por eso no sirve para llevar a consideración del pueblo la “implementación” de una decisión ya tomada, cual es la del llamado Acuerdo Final”.
Gaviria enfatizó que “es de la esencia del plebiscito que el pueblo ‘se pronuncie sobre las políticas del Ejecutivo que no requieran aprobación del Congreso’. Todas las materias incorporadas en lo que se ha acordado entre el gobierno Santos y las Farc deben pasar por el Congreso, por una constituyente o por un referendo. ¿Cómo se le pide al Congreso le de poder al Presidente para someter a consideración del pueblo ‘políticas, disposiciones y temas’ para el asunto expreso y específico de la ‘implementación’ del ‘acuerdo final’? O, si el plebiscito versa sobre asuntos de competencia del Gobierno, ¿a cuento de qué el Congreso debe tramitar esta iniciativa?”.
Dijo además: “seamos serios: el proyecto en estudio se refiere a la aprobación de asuntos que evidentemente requieren aprobación del Congreso. Aquí no estamos hablando de la compra de unos cuadros de Picasso”, al hacer referencia al plebiscito que hizo Suiza en 1967, que le preguntó al pueblo si quería o que el Gobierno comparara dos obras del afamado pintor.
Y recordó que este es un documento “hecho a las volandas”, debido a que “apenas el 12 de noviembre se había celebrado una audiencia pública en la que medio se oyó a algunos académicos y, sin digerir los temas y las argumentaciones, al día siguiente tenían preparado un “sesudo” documento de ponencia que incorporaba todas las reflexiones, cosa que en cualquier universidad del mundo sería considerado un cuasi fraude, un “cortar y pegar” y no una verdadera reflexión”.
Gaviria escribió en la ponencia: “yo mismo he de decir que hubiera preferido no estar acosado por las prisas santistas y haber podido asimilar mejor las iniciativas que incorpora la ponencia, comparar sus términos con el proyecto inicial y la exposición de motivos, sopesar los pronunciamientos de los opinadores, comparar lo nuevo con legislaciones de otros países, hacer una columna con las ideas de la ponencia y ponerla en paralelo con una columna en la que estén las ideas de las sentencias de la Corte sobre exequibilidad de la ley 134/94 y la ley 1757/15. Pero no. En Colombia hay que aprobar a las carreras los nuevos trebejos legislativos que demanda la concupiscencia legislativa Santos/Roy/Benedetti”.
Aseguró que si el Gobierno no escucha a la oposición, por lo menos que escuche a las Farc, que ya rechazan esta iniciativa, sobre la cual dijeron: “si bien el plebiscito se incluye en el artículo 103 de la Constitución Nacional como uno de los mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía, también es cierto que se trata de un instrumento que simplemente se limita a aceptar o rechazar una política oficial. Eso y no más”.
Con base en esto, el senador Gaviria insistió: “El plebiscito, en esencia, es un grito que aprueba o reprueba. Un ¡hurra! o un ¡fuera! No tiene poder vinculante; no deroga ni aprueba una ley o una reforma constitucional (por lo menos hasta ahora, porque los listos quieren meterle mano a la figura)”.