Los jueces están para aplicar la ley. Esa es una máxima que no se puede perder de vista cada vez que resurge la polémica por la legislación penal que faculta u obliga a los operadores judiciales a excarcelar o no enviar a prisión a los sindicados o condenados por determinados delitos.
Una premisa que debe tenerse clara al analizar la advertencia del secretario de Seguridad, Convivencia y Justicia de Bogotá, Daniel Mejía, en torno a que en los últimos cuatro años más de 26 mil personas capturadas en la ciudad ya habían cometido delitos con anterioridad.
Con toda razón el alto funcionario reitera la preocupación de la Administración Distrital por el hecho de que presuntos criminales, incluso detenidos en flagrancia, son dejados en libertad en cuestión de pocas horas o días y al poco tiempo terminan reincidiendo en actividades delincuenciales. Hay casos tan graves como el de una persona que tiene 52 capturas desde enero de 2013 a la fecha, debido a que en sucesivas ocasiones fue dejado en libertad.
Se trata, sin duda, de un hecho de extrema gravedad para una ciudad en la que, solo este año, han sido capturados en flagrancia casi 6.500 individuos por el delito de hurto, de los cuales más de la mitad ha vuelto a delinquir.
La única forma de enfrentar esta problemática, que sin duda desmoraliza a la Fiscalía, a la Policía y demás autoridades que participan de estas capturas y sus respectiva judicialización, es reformando los Códigos Penal y de Procedimiento Penal. Es allí en donde están señalados de manera taxativa los requisitos para imponer reclusión carcelaria o domiciliaria a los sindicados o condenados por delitos menores, así sean de alto impacto. Los jueces, por más que individualmente consideren que las normas vigentes sean laxas o permisivas, no pueden apartarse de la aplicación objetiva de esas leyes y no les queda otra opción que proceder a dictaminar libertades provisionales o excarcelaciones obligatorias.
Un dilema bastante complicado, sobre todo en un país que arrastra un índice de hacinamiento carcelario bastante alto y en el que las reformas penales están cada día más encaminadas a extremar las circunstancias en que se puede afectar la libertad de un presunto infractor de la ley.