Sección V del CE, completa para aluvión de demandas electorales | El Nuevo Siglo
Jueves, 19 de Noviembre de 2015

Gabriel Sonny Cubillos

Periodista de El Nuevo Siglo

 

Por primera vez en un par de años, la Sección Quinta del Consejo de Estado encargada de definir las demandas electorales se encuentra completa con sus cuatro magistrados titulares, lo que podría redundar en que fluyan con mayor rapidez los procesos de pérdida de investidura que están sin resolver de los actuales congresistas, así como la que se prevé cascada de acciones de nulidad de los mandatarios elegidos a gobernaciones y alcaldes al igual que a corporaciones públicas de los comicios del pasado 25 de octubre.

El Consejo de Estado lo componen 31 magistrados, 27 de ellos están dedicados a hacer control de legalidad de los actos administrativos. Mientras que los cuatro restantes integran la Sala de Consulta de Servicio Civil, cuya función es asesorar al Gobierno nacional en aquellos aspectos que le permiten una mejor función.

La Sección Quinta está integrada por cuatro  magistrados y su función principal es conocer de los acciones de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos de contenido electoral, y de los recursos de revisión de procesos relacionados con elecciones o nombramientos, así como de los recursos e incidentes en los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva.

Sin embargo, la Sección Quinta fue una de las más afectadas en los últimos años por la demora que se presentaba en el Consejo de Estado en su función electoral para llenar las vacantes que dejaban los togados, ya fuera por la finalización de su periodo de 8 años o por renuncia.

De esta forma, la Sección Quinta del Consejo de Estado ha tenido que funcionar en los últimos años con la fórmula de los conjueces para conformar el quórum necesario en la toma de decisiones y tratar de paliar el número de procesos que se acumulan.

Esta situación ha tendido a mejorar en los últimos meses  como consecuencia de la reforma de su reglamento que en mayo de 2015 practicó el Consejo de Estado, buscando facilitar la función para la elección de sus magistrados y aspirantes para integrar listas a magistrado de Corte Constitucional, Procurador General y Fiscal General de la Nación.

De tal forma que ahora para la elección de sus magistrados será necesario que la persona alcance una votación  equivalente a las dos terceras partes de los togados que en este momento haya en funciones en el Consejo de Estado (incluyendo la Sala de Consulta). Por ejemplo, si hay 24 magistrados será necesario 16 votos para la elección.

Es un cambio fundamental porque anteriormente también se requería las dos terceras partes del quórum pero de la Sala Plena, es decir, de todos los magistrados que tiene esta alta Corte, que son un total de 31, lo que demandaba como mínimo 21 votos para ser elegido.

Sin embargo para decisiones jurisdiccionales en Sala Plena (no plenísima, es decir sin Sala de Consulta) se requiere el voto de la mitad más uno.

Como consecuencia en lo que va corrido del presente año el Consejo de Estado ha elegido 10 magistrados para llenar igual número de vacantes.

En el caso de la Sección Quinta fueron elegidos en septiembre pasado Rocío Mercedes Araújo Oñate para reemplazar a Mauricio Torres Cuervo, quien renunció en mayo de 2013 aduciendo problemas de salud.

El 22 de julio pasado fue elegido Carlos Enrique Moreno Rubio, quien ocupó en la Sección Quinta el lugar que dejó la magistrada Susana Buitrago desde mayo de este año.

Es decir que desde septiembre pasado, la Sección Quinta de este alto Tribunal por fin después de dos años y cuatro meses quedó integrada por cuatro magistrados titulares: Rocío Araújo Oñate, Carlos Enrique Moreno Rubio, Lucy Jeanette Bermúdez (presidente de sección) y Alberto Yepes Barreiro.

<INTERTIT>Recientes decisiones

Dos fallos ha proferido el Consejo de Estado frente a integrantes del actual Congreso de la República, el primero en agosto pasado contra la representante a la Cámara por el departamento del Huila, Ana María Rincón, a quien le declaró nula la elección. Sin embargo, no se ha hecho efectiva por una tutela contra esta decisión que la Legisladora impetró ante el alto Tribunal.

En tanto que a finales de octubre pasado, el Consejo de Estado con ponencia del magistrado Alberto Yepes Barreiro  declaró la nulidad de la elección del representante a la Cámara por Bogotá, Juan Carlos Lozada, porque comprobó que en el escrutinio le sumaron algunos votos que no le pertenecían. Este escaño fue ocupado por Andrés Felipe Villamizar Ortiz.

En cambio la Sección Quinta del Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda de nulidad de la elección del representante a la Cámara de Bogotá por el Partido Conservador,  Telésforo Pedraza Ortega, pues aunque concluyó que le sumaron injustificadamente 9 votos y al candidato Jairo Gómez Buitrago le descontaron sin ninguna explicación 25 votos, ello no produjo ninguna modificación frente al acto de elección demandado, dado que la votación final del primero quedó en 10.964 votos, en tanto que la votación final del segundo quedó en 10.660 votos.