Un proyecto de ley que buscaba reglamentar la eutanasia en Colombia, aprobado en octubre del año pasado por la comisión primera del Senado, fracasó debido a la imposibilidad de cumplir con los plazos previstos, denunció el jueves su autor.
El senador Armando Benedetti culpó directamente al presidente del Senado, Roy Barreras, su copartidario en el partido de La U, por el fracaso de la iniciativa.
"Tendría que ir al segundo debate (en la plenaria del Senado), pero ya está muerto por los términos (plazos), luego (de que) el senador Roy Barreras no le da garantías nunca a las minorías ni a los proyectos que representan a las minorías", dijo Benedetti a la prensa.
Una asistente del senador Benedetti explicó a la AFP que el proyecto ya no tiene posibilidad de que la plenaria del Senado lo apruebe debido a que la presente legislatura concluye el próximo 16 de junio.
"Pese a que el proyecto tiene carácter estatutario, que le otorga prioridad en el trámite, por términos de tiempo legislativo ya se hundió", puntualizó.
El proyecto, que en la comisión había sido aprobado por diez votos contra cuatro, establece que la eutanasia sólo podrá ser aplicada en "caso de enfermedad grave sin cura o cerebral que haya dejado a la persona en estado de inconsciencia".
La iniciativa, denominado "Terminación de la vida de una forma digna y humana y asistencia al suicidio", aún tenía que sortear tres debates más en el bicameral Congreso.
El proyecto respondía a una sentencia de la Corte Constitucional (garante de la Carta Magna), que en 1997 pidió al Congreso reglamentarla.
A raíz de esa sentencia, actualmente en Colombia los médicos no son objeto de una conducta punible penalmente si a petición expresa del paciente le practica la eutanasia, a lo que se opone firmemente la Iglesia católica con gran influencia den el país.
Cerca del 80% de los colombianos son católicos, según la Conferencia Episcopal.
El proyecto establece la "figura de petición de eutanasia por instrucción previa", para lo cual una persona debe firmar un documento en tal sentido ante notario con mínimo de cinco años de antelación a que haya perdido la capacidad para expresar su voluntad, según explicó Benedetti al presentarlo al Congreso.