Se elude licitación de aseo: Contraloría | El Nuevo Siglo
Jueves, 14 de Noviembre de 2013

La necesidad de que se estructure la licitación pública para el servicio domiciliario de aseo en la ciudad, el cual se ha venido manejando desde el 2011 bajo la vía de Urgencia Manifiesta, fue reiterada por la Contraloría de Bogotá.

Por una parte, señaló la Contraloría distrital, la prórroga de algunos contratos de operación se vence en diciembre y, por otra, es riesgoso que un esquema que en principio era transitorio se convierta en permanente.

Según la Contraloría, hay desconocimiento por parte de la Administración distrital de la naturaleza jurídica de la figura de la Urgencia Manifiesta, pues se ha declarado en tres oportunidades y se han ordenado sucesivas prórrogas de los plazos de ejecución de los contratos de operación, cuando sólo se debe utilizar en situaciones imprevisibles de crisis y en ninguna circunstancia puede convertirse en una regla general.

De acuerdo con la contralora auxiliar Ligia Inés Botero, se han puesto en evidencia graves fallas de planeación e improvisación en la puesta en marcha del Programa Basura Cero, pues no resulta coherente que el Gobierno distrital haya abocado a la ciudad a adoptar un nuevo esquema transitorio de aseo, expidiendo el Decreto 564 de 2012, pretendiendo que fuera operado por empresas del Distrito, y siete días después expidiera una resolución declarando por tercera vez la Urgencia Manifiesta.

Según conoció el Organismo de Control Fiscal, la Alcaldía Mayor de Bogotá presentó una demanda ante el Consejo de Estado con el propósito de declarar la nulidad de un aparte de la Resolución CRA 151 de 2001 que dispone:

"Excepciones al deber de usar licitación pública o procedimientos regulados que estimulen la concurrencia de oferentes. No será obligatorio utilizar licitación pública o los otros procedimientos regulados en los siguientes casos: (...) c) Por razón de las circunstancias en las que ha de celebrarse el contrato. Si hay Urgencia Manifiesta; pero los contratos en que se invoque esta causal no pueden celebrarse a plazos superiores  a seis meses".