Gabriel Sonny Cubillos
Periodista de El Nuevo Siglo
El Congreso le preguntará al Gobierno cómo va la implementación de la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional (Ley 1712 de 2014), pues hay quejas de que algunas entidades no están cumpliendo plenamente, por ejemplo, colgando en sus páginas en internet toda la información o en algunos casos lo hacen tardíamente.
Por esta razón la Comisión Segunda del Senado tiene programado para este martes un debate de control político citado por el senador Jimmy Chamorro Cruz (Partido de La U), al cual fueron citados los ministro del Interior, Juan Fernando Cristo; de Educación Nacional, Gina Parody; de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Diego Molano; el secretario de Transparencia de la Presidencia de la República, Rafael Merchán Álvarez y el director General del Archivo General de la Nación.
De igual forma fueron invitados el procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, y el fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre.
La Ley de Transparencia impulsada por el Gobierno nacional como parte de la cruzada contra el flagelo de la corrupción regula el derecho de acceso a la información pública que tienen todas las personas, los procedimientos para el ejercicio y la garantía del derecho fundamental así como las excepciones a la publicidad de la información pública.
La norma prevé que cualquier persona podrá acceder a la información pública de dos formas: acudiendo a la página web de los sujetos públicos que deben publicar una información mínima obligatoria en los sistemas de información del Estado o en otras herramientas que lo sustituyan. La otra forma de acceder es ejerciendo el derecho fundamental de acceso a información mediante una solicitud dirigida a la entidad, la cual deberá ser respondida de manera veraz y oportuna.
En este último caso y entendiendo que la Ley 1712 de 2014 no establece el tiempo en que deben los sujetos obligados responder a las solicitudes de información pública, el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011 establece un término de 10 días hábiles para que las autoridades respondan las solicitudes de documentos, término que podrá prorrogarse cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en el plazo señalado.
Por otra parte, el senador Chamorro dijo que “si bien tenemos una Ley de Transparencia, tenemos dudas de si esa ley es suficiente en cuanto a lo que concierne a contratación, lo que es inversión pública, lo que son convenios interadministrativos, pero especialmente todo lo que tiene que ver con planeación por parte del Estado”.
En ese sentido adelantó que la Comisión Segunda que preside preguntará al Gobierno cuáles son los procedimientos y los mecanismos a través de los cuales se está recogiendo esta información y si la misma es completa para que los colombianos tengan acceso a ella.
Quejas
El Parlamentario dijo que tiene conocimiento de ciudadanos que se han mostrado descontentos porque a la luz de la Ley de Transparencia esperaban obtener la información que requerían a cargo de entidades públicas.
“Hay muchas personas las cuales han manifestado que el acceso a la información tiene limitaciones, las cuales no están previstas en la Ley. Precisamente, la Ley de Transparencia tenía como objetivo el que los colombianos no solicitaran la información a través del procedimiento de un derecho de petición”, pues la respuesta tarda varios días, que incluso se puede convertir en semanas, dijo.
La idea, añadió Chamorro, es que el Estado publique esta información, “más aún con todos los medios electrónicos y digitales a los que tenemos acceso los colombianos”.
Agregó que “hemos tenido algún tipo de quejas de colombianos, de organizaciones, de veedurías, ciudadanos que están interesados, no solamente en el marco nacional sino especialmente en el marco local. La transparencia es un elemento fundamental para tener acceso a documentación pública, en la contratación pública desde las alcaldías, pasando por las gobernaciones”.
En este sentido, el Parlamentario dijo que es necesario sacarle el jugo a esta ley porque entre mayor transparencia, mayor confianza entre los colombianos. Por ejemplo, reseñó, hay indicios de que en gran parte de las entidades territoriales del país existe contratación pública con un solo oferente. Por lo que dijo que la información que publiquen las entidades debe ser oportuna, “no tiene sentido que un contrato que se firmó en el mes de octubre del año pasado, tengamos acceso a él solo 6 o 7 meses después”.
Reglamentación
El Decreto 103 del 20 de enero de 2015 reglamentó parcialmente la Ley de Transparencia, que entre otros indica que las disposiciones serán aplicables respecto a la información relacionada con el cumplimiento de la función pública delegada o servicio público que presten las entidades, o los fondos o recursos de naturaleza u origen público que reciban, intermedien o administren.