En los próximos meses comenzaría a aplicar el cobro por segundos en las llamadas de telefonía celular, tal como se plantea en el acuerdo próximo a finiquitar entre los operadores y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
La medida también se toca en un proyecto de ley que se presentará en esta legislatura, tal como lo reiteró el senador Eugenio Prieto, uno de los autores. “Esta vez les pedimos a los operadores que lo discutiéramos y no hicieran un lobby negativo, sino que presentaran las inquietudes. Como quedaría en el pacto es que cualquier operador tendría que darle cobro por segundo para el usuario que así lo solicite”.
El tema de cláusulas de permanencia también será abordado, como simultáneamente lo sugiere el representante David Barguil.
Se pedirá “más transparencia en la información que entregan a los usuarios, y ellos podrán entrar a la página web para mirar si hay subsidio, si hay o no tasa de interés, en fin”.
Adicionalmente los usuarios tendrán garantía de beneficiarse con la ley de portabilidad numérica y de aclarar el número real de las quejas, esto ya que según la Superintendencia de Industria y Comercio, hay más de 100 millones de llamadas para peticiones, quejas y recursos al mes. “La SIC dice que 12% son quejas, los operadores dicen que son el 3%”, dijo Prieto.
Llamadas caídas
Cabe recordar que, tal como lo ordenó la CRC, “desde el primero de enero comienza a regir la medida de compensación automática por deficiencias en la prestación de todos los servicios de comunicaciones”.
A partir de esa fecha, los operadores compensarán a los usuarios automáticamente por deficiencias en la prestación del servicio, sin que tenga que mediar reclamación.
“A través de la Resolución CRC 4296 de 2013, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) estableció las condiciones para efectuar dicha compensación. En particular, los usuarios de telefonía móvil recibirán una compensación por las llamadas caídas”, añade el organismo.
Esta compensación se hará individualmente, pero aquellos operadores que no estén preparados podrán efectuar la compensación usando el promedio de llamadas caídas de todos sus usuarios activos en la red. En enero de 2015, todos los usuarios deberán ser compensados individualmente.
La compensación promedio “es el resultado de dividir la totalidad de llamadas caídas en cada mes, entre el número de usuarios activos de la red correspondiente, multiplicado por el promedio de uso de la red que hacen los usuarios (ocupación promedio de los canales de voz de esa red)”. Históricamente dicho promedio oscila entre 1,2 y 1,3.
La compensación individual “es el resultado de multiplicar la totalidad de llamadas caídas de cada usuario por el promedio de uso de la red que hacen los usuarios (ocupación promedio de los canales de voz de esa red)”.
La compensación se efectuará a través de una recarga del tiempo al aire (minutos o segundos, según la modalidad de facturación del operador) ya sea a usuarios de modalidad pospago o prepago.
En pospago, “el operador deberá realizar la compensación a sus usuarios dentro del siguiente periodo de facturación, posterior al mes respectivo”.
En prepago, “la compensación deberá efectuarse dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al mes objeto de compensación”.