“Santos puede asistir a reuniones de partidos” | El Nuevo Siglo
Jueves, 5 de Diciembre de 2013

El Ministro de Justicia y del Derecho, Alfonso Gómez Méndez, dio a conocer la respuesta del Consejo de Estado a la consulta presentada por este Ministerio, en cuanto a las limitaciones del Presidente de la República, la Primera Dama de la Nación y los ministros del gabinete en el contexto de una contienda electoral en la que el Jefe de Estado aspira a la reelección.

En la respuesta emitida por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, se afirma que el Presidente de la República sí puede asistir a las convenciones, congresos o reuniones de los partidos políticos. “Lo que no puede hacer es inauguraciones de obras públicas, porque se puede entender como proselitismo”, indicó el Ministro.

El jefe de la cartera de Justicia aseguró, durante el II Foro de Análisis del Sistema Penal Acusatorio que el Primer Mandatario, por estar aspirando a la reelección, no pierde su condición de Jefe de Estado. Y explicó que, aunque el Presidente tiene unas restricciones, esto no impide que pueda difundir su obra de Gobierno.

“El Presidente puede usar la Casa de Nariño como a bien tenga, puede invitar a quien quiera allí, aun cuando sean dirigentes políticos. Lo que no puede hacer es proselitismo, por ejemplo, poner afiches en la casa de Nariño”, indicó Gómez Méndez. 

El Ministro de Justicia también se refirió al concepto del Consejo de Estado en relación a la gestión del gabinete ministerial y explicó: "No somos, como lo sugirió la Procuraduría, agentes electorales del Presidente de la República. Somos funcionarios del Estado que seguimos con la función administrativa del Gobierno, y en ese orden podemos inaugurar las obras del Gobierno, en el entendido de que no podemos hacer proselitismo ni invitar a votar por el presidente-candidato”.

El alto funcionario indicó que para la Sala de Consulta del Consejo de Estado la Primera Dama es un “particular si ninguna limitación”: 

“El concepto del Consejo de Estado es distinto a lo que habían expresado algunos funcionarios de la Procuraduría General. Para la Sala de Consulta. la actividad de la administración pública no se puede paralizar”, concluyó.