"Salvar vida de menores así padres no permitan" | El Nuevo Siglo
Jueves, 1 de Diciembre de 2011

Así lo dispuso el alto tribunal este jueves, señalando que los padres no podrán argüir motivos culturales o religiosos.

Deberán atender a los menores en riesgo de muerte los médicos de la nación, así los padres de familia no lo permitan por motivos religiosos o culturales, señaló la Corte Constitucional.

Juan Carlos Henao, presidente de la corporación, mencionó que fue aprobada la ley que contempla garantizar la actuación inmediata del personal médico y administrativo, cuando un adolescente se encuentre hospitalizado y requiera intervención quirúrgica o tratamiento mientras exista peligro de muerte.

Adicionalmente, la medida también aplicará cuando el joven carezca de representante legal, o este se encuentre en una situación que le impida dar su consentimiento de manera oportuna, no autorice por situaciones personales, culturales o de credo, o sea negligente al interés superior del menor.

Con la aprobación los médicos quedan facultados en estos eventos para tomar la determinación de salvar de un niño en caso que los padres no estén y no aprueben un procedimiento.

“En este caso prevalece el interés superior de niño a no morir”, expresó el magistrado.