Con una audiencia pública el día de hoy la Comisión Séptima del Senado empezará el trámite del proyecto de ley que busca que los 419 diputados del país tengan las mismas condiciones prestacionales que cualquier servidor público. De esta forma la célula legislativa hace un intento por no dejar hundir por falta de trámite este proyecto que radicó en septiembre pasado el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, pero que al día de hoy no cuenta siquiera con ponencia para primer debate
Se trata del Proyecto de ley No. 134 de 2016 Senado por medio de la cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional de los miembros de las asambleas departamentales:
A la audiencia pública fueron citados el Ministro del Interior; la directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Liliana Caballero Durán; y la directora de la Escuela Superior de Administración Pública, Claudia Marcela Franco Domínguez
Fueron invitados el director Ejecutivo de La Federación Nacional de Departamentos, Amílkar Acosta Medina y el director Ejecutivo de la Confederación Nacional de Asambleas y Diputados de Colombia (Confadicol), Luis Hernando Quevedo Jara.
En la actualidad las Asambleas Departamentales no están legalmente facultadas para establecer beneficios que correspondan al “Régimen Prestacional” de los Diputados, ni tampoco pueden crear otros factores salariales, pues esta es una función privativa del Congreso y del Gobierno nacional por lo que se requiere el proyecto de ley.
"Este proyecto hace justicia con los diputados. Esperamos que sea tramitado con fluidez y cumpla su trámite antes de terminar este periodo", dijo el jefe de la cartera política.
Este proyecto fue construido por el Gobierno con los diputados. "Necesitamos también el apoyo de los Gobernadores para poder realizarlo", agregó el ministro Cristo.
Implicaciones
El proyecto de ley establece que la determinación de la estructura administrativa de las Asambleas Departamentales, las funciones de sus dependencias y las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleo corresponden a la misma corporación, a iniciativa de la mesa directiva.
No obstante el proyecto de ley establece sobre la remuneración de los diputados por concepto de asignación mensual, por mes de sesiones, una escala de acuerdo con la categoría del departamento, la cual se incrementará en la medida del salario mínimo.
En los departamentos de categoría especial los diputados tendrán por asignación 30 salarios mínimos del día de hoy, $18.480.000; en los departamentos de primera categoría 26 salarios mínimos, $16.016.000; en los departamentos de segunda categoría 25 salarios mínimos, $15.400.000; en tanto que en los departamentos de tercera y cuarta categoría 18 salarios mínimos, $11.088.000.
El Ministerio del Interior explicó que con el Proyecto de Ley se determina que la remuneración de los Diputados está constituida por la asignación mensual en los términos fijados por el artículo 28 de la Ley 617 de 2000.
En cuanto al régimen prestacional, se desarrolla el artículo 299 de la Constitución Política y se consagran de conformidad con lo indicado por la Jurisprudencia, es decir, las prestaciones son las contenidas en la Ley 6ª de 1945 teniendo en cuenta las modificaciones del régimen de cesantías del orden territorial (Leyes 244 de 1996 y 362 de 1997), y las consagradas en el régimen de seguridad social de la Ley 100 de 1993.