La escogencia de cinco de los nueve magistrados de la Corte Constitucional, que estará a cargo del Senado con base en sendas ternas enviadas por la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Presidencia de la República, es de trascendental importancia para el país. Se trata de renovar más de la mitad de los juristas del tribunal que tiene bajo su órbita la guarda de la Carta del 91.
En medio del movido panorama de los últimos meses, la opinión pública no ha puesto la suficiente atención sobre esta elección que, al decir de los expertos, podría incluso impactar la línea jurisprudencial de la Corte, toda vez que de los nueve escaños cinco tendrán nuevos titulares.
Ya esta semana el Consejo de Estado perfeccionó la terna que le corresponde presentar para reemplazar al magistrado Gabriel Mendoza. Postuló a los juristas Martha Paz, Antonio José Lizarazo y Rodolfo Arango. La Corte Suprema, a su turno, también adelanta el proceso para definir la baraja de aspirantes a los escaños de los salientes magistrados Luis Ernesto Vargas Silva y Jorge Iván Palacio. Las otras dos ternas deben ser enviadas al Senado por la Presidencia de la República para renovar las magistraturas de María Victoria Calle y Aquiles Arrieta, quien asumió meses atrás, temporalmente, el escaño del suspendido Jorge Ignacio Pretelt. Todos los salientes magistrados terminan periodo a comienzos de 2017 y corresponde al Senado suplir esas vacantes con base en las ternas referenciadas.
Tanto la confección de las barajas de candidatos como la escogencia en la cámara alta son procesos muy exigentes y deben estar blindados al máximo para evitar que la politiquería encuentre alguna rendija para filtrarse. La última vez que la Corte Constitucional se renovó en la mayoría de sus escaños, no pocos sectores de la opinión pública, la academia y la Rama Judicial y otras instancias advirtieron que los candidatos a magistrados no debían ser sometidos a la desgastante circunstancia de tener que ir de oficina en oficina de los senadores exponiendo sus respectivas tesis, en busca de votos a su favor. Incluso se llegó a plantear que, a lo sumo, se autorizaran reuniones de los ternados con las respectivas bancadas, esto como paso previo a la audiencia pública en la que los juristas deben hablar ante la respectiva plenaria, luego de lo cual se daría la elección.
Es claro que la renovada Corte tendrá muchos y muy importantes retos a partir del segundo trimestre del próximo año. Los más obvios, claro está, serán los relacionados al examen de exequibilidad que deberá continuar haciendo a las normas que sirven de marco general al proceso de paz con las Farc, y posteriormente a las leyes y actos legislativos que se requieran para su respectiva implementación, obviamente en caso de que la renegociación del acuerdo, que tiene lugar en La Habana, llegue a buen término y se proceda a la respectiva refrendación popular.
Sin embargo, hay otros ámbitos en donde el renovado alto tribunal será decisivo. Por ejemplo, para algunos expertos es claro que el tema ambiental es cada vez más protagónico en la jurisprudencia colombiana, sobre todo en cuanto a los proyectos de minería y explotación de recursos naturales no renovables. Las últimas sentencias han empoderado a las administraciones municipales y a la ciudadanía para tener un rol cada vez más determinante en la autorización, negativa o condicionamiento de los proyectos extractivos.
Por igual, los propios exmagistrados de la Corte sostienen que poco a poco el alto tribunal ha empezado a tener un papel más proactivo en cuanto al seguimiento al cumplimiento de sus fallos, garantizando así que las órdenes que se imparten en los mismos se cumplan a corto, mediano y largo plazos.
También es evidente que el máximo tribunal guardián de la Constitución ha profundizado su jurisprudencia en torno al pulso de los derechos colectivos y los individuales, sin que todavía esté claramente fijada la línea de separación y prevalencia entre ellos. Ese pulso es clave para vislumbrar el norte jurisprudencial de sentencias en estudio sobre temas como derechos humanos, sexuales, de minorías, económicos, laborales, salud, civiles y de libre desarrollo de la personalidad, entre otros.
De otra parte, hay estudios de exequibilidad de leyes y actos legislativos que no se sabe si terminarán siendo definidos por el actual cuerpo de magistrados o quedarán para el nuevo. Por ejemplo, están en curso demandas contra normas de la importancia de las Zidres, el llamado “acto legislativo para la paz” o el reformado Código de Policía, por ejemplo.
Como se ve, la renovación de la mayoría de los escaños de la Corte Constitucional es un proceso de grandes y profundas implicaciones para el andamiaje institucional colombiano. Es claro que el alto tribunal se puede considerar como la máxima jurisdicción de cierre, no sólo en materia constitucional sino de toda índole por la vía de su facultad en la revisión final de las acciones de tutela. De allí, entonces, que todos los sectores jurídicos, políticos, económicos, sociales e institucionales deberían estar más atentos a este proceso de postulación y elección de cinco magistrados, ya que el país se juega mucho en él.