Proponen también sancionar y ordenar el cierre de las UPM que no cumplan los requerimientos para avanzar en su formalización.
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Un estudio de la Contraloría General de la República sobre el Programa de Formalización Minera en Colombia, encontró que a diciembre de 2016 se debían tener 1.050 Unidades de Producción Minera, UPM en Grado 1 o Básico y solamente se alcanzaron 764.
En términos porcentuales, el cumplimiento de la meta fijada a 2016 debió estar en 40,38% y el avance logrado es de 29,39%, lo que significa un retraso del 11%.
De acuerdo al estudio adelantado por la Contraloría Delegada para el Sector de Minas y Energía, “es claro y evidente que se encuentran pendientes significativas acciones y esfuerzos para lograr la expectativa puesta en las metas establecidas”.
Actualmente se encuentran pendientes 1.836 UPM para alcanzar la meta propuesta para el cuatrienio 2014-2018 de 2.600 UPM incluidas en el Grado 1, lo que indica que el seguimiento que realiza el Sistema Nacional de Evaluación de Gestión y Resultados, Sinergia, del Departamento Nacional de Planeación, DNP, no muestra el avance real del Programa de Formalización, sino que corresponde a un avance parcial de la primera fase o nivel del proceso.
Adicional a esto, la CGR determinó que, con corte a diciembre de 2016, los costos del Programa de Formalización por Unidades de Producción Minera reportadas en proceso de formalización Grado 1 ascienden a $54.164 millones, o sea $70,89 millones por cada una de las 764 alcanzadas.
Para la Contraloría, ese es un costo muy alto, más aún si se tiene en cuenta que se trata de Unidades de Producción que no tienen el Grado 2 de Minería Formal, que sería el mínimo imprescindible para considerar que el programa de formalización haya obtenido resultados reales.
Tiempo de permanencia
Con fundamento en los criterios y definiciones establecidos en la Política y el Programa de Formalización, el organismo de control considera que la calidad de UPM Formal se alcanza cuando cada una de las UPM en Grado 1 califican al Grado 2, según seguimiento, verificación y evaluación de cumplimiento de los requerimientos por parte de la autoridad minera.
Los lineamientos del Programa de Formalización están basados en un esquema de “Grados o niveles de formalización minera”, de 1 a 3, con posibilidades de avanzar gradualmente hasta el mayor grado.
En razón a que el Grado 2 corresponde a la “Minería Formal”, la Contraloría considera que se debe determinar un tiempo límite máximo de permanencia de las UPM incorporadas en el Grado 1, nivel en el que deben cumplir con los objetivos, actividades y metas establecidos en el Plan de Mejoramiento, para lograr su formalización que se materializa en el Grado 2.
“Lo contrario puede ocasionar que se presente el mismo escenario de los anteriores programas de legalización y formalización, donde el titular prefiere permanecer por tiempo indefinido sin avanzar en el cumplimiento de los requerimientos establecidos para acceder al siguiente nivel, sin que la autoridad minera tome decisión alguna”, aseguró.
Estimó también necesario que en caso de incumplimiento, se sancione o excluya del programa y consecuentemente se ordene el cierre de la UPM.
Finalmente, el estudio de la Contraloría asegura que la evolución normativa sobre formalización de la minería, impulsada por el Gobierno, no ha tenido en cuenta los argumentos y advertencias de la Corte Constitucional, desconociendo abierta y sistemáticamente sus lineamientos y el derecho a la consulta previa de las comunidades indígenas y afrodescendientes.