Reglamentar eutanasia atenta contra dignidad del enfermo | El Nuevo Siglo
Martes, 21 de Abril de 2015

Que el Ejecutivo no puede excederse en su potestad reglamentaria desconociendo las competencias propias del poder legislativo manifiesta la Conferencia Episcopal Colombiana sobre la eutanasia, en momentos en que el Ministerio de Salud y Protección Social expide el decreto que normaliza esta práctica, tal y como lo ordenó la Corte Constitucional.

En la misiva con fecha del 12 de abril y dirigida al titular de esa cartera, Alejandro Gaviria, el secretario adjunto de la Conferencia, Pedro Mercado reafirmó “su clara, firme e inamovible condena ética y moral a la eutanasia directa, que constituye un grave atentado contra la dignidad del enfermo y contra la inviolabilidad del derecho fundamental a la vida, consagrado en el artículo 11 de nuestra Constitución”.

Para la Iglesia católica, de acuerdo con el padre Mercado “creo oportuno recordarle que, en marzo de 2013, una sentencia del Consejo de Estado estableció que el Ejecutivo no puede excederse en su potestad reglamentaria desconociendo las competencias propias del poder legislativo”.

Advierte que “el Ministerio de Salud no está capacitado para reglamentar la eutanasia porque no existe, hasta el momento, la legislación emanada por el Congreso de la República en esta materia”.

En la misiva, la Conferencia Episcopal había advertido que “la norma llega incluso a legitimar la práctica de la eutanasia no voluntaria (aquella que se realiza sin el consentimiento expreso y actual del paciente) y omite los controles judiciales establecidos por la Sentencia C-239 de 1997. La normativa abriría así las puertas a numerosos abusos, que se sumarían a los que ya padece diariamente el pueblo colombiano, sometido a servicios sanitarios deficientes, gracias a un sistema de salud que privilegia el interés económico privado por encima de la dignidad y de los derechos de los pacientes”.

“La reglamentación prevista por el Ministerio de Salud viola también gravemente el derecho de la libertad religiosa y el derecho a la libertad moral de las personas e instituciones sanitarias católicas (o pertenecientes a otras confesiones religiosas) a no dar cumplimiento a esa norma por motivos de conciencia o de identidad religiosa, ética o moral”, agrega la carta.

No rotundo de la Iglesia

En la carta de la Conferencia, el padre Mercado advierte que  “ni el personal católico ni las instituciones de salud vinculadas a la Iglesia católica practicarán la eutanasia bajo ninguna circunstancia”.

Explica que “se trata para nosotros de un principio moral no negociable. En consecuencia, si no se garantiza claramente a nuestros fieles y a nuestras instituciones el derecho fundamental a la objeción de conciencia se pondría en riesgo nuestra actual cooperación con el Estado en el campo sanitario y se afectarían nuestras relaciones de colaboración en otros importantes campos”.

“Qué bueno sería, señor Ministro, que su cartera, tan interesada en reglamentar la eutanasia y el aborto, pusiera el mismo empeño en buscar solución eficaz a la grave crisis del sector salud y a las necesidades de los más pobres en nuestra patria. Triste es ver que algunos defiendan hoy el inexistente derecho a ‘morir dignamente’ mientras desconocen el derecho fundamental a vivir con dignidad”, puntualiza la carta.

Reglamentación

De otro lado, ayer el ministro Alejandro Gaviria explicó los alcances de la reglamentación de esta práctica, ampliamente criticada por la Iglesia católica. En ese sentido, Gaviria señaló en Caracol Radio que este procedimiento sería aplicado solamente en pacientes en estado terminal que manifiesten su voluntad de morir dignamente.

En ese orden de ideas, y de acuerdo con el Ministro, los pasos a seguir en estos casos son los siguientes: primero el paciente declara su voluntad de someterse al procedimiento; luego el médico tratante le presenta las opciones terapéuticas; el paciente una vez informado debe reiterar su voluntad de que se le aplique el procedimiento de muerte digna; posteriormente, el médico determina las condiciones objetivas y entrega la información a un comité interdisciplinario científico integrado por un especialista, un abogado y un sicólogo.

Una vez se han ejecutado estos pasos, el ministro Gaviria indicó que nuevamente se le pregunta al paciente y en caso de que este reitere su voluntad y tome la decisión, se realiza el procedimiento en un término de máximo 15 días.

Gaviria explicó además que lo que no se puede hacer es que un tercero decida por el paciente. Esta determinación deberá ser definida por el Congreso de la República. En ese sentido, la familia, por ahora, no podrá exigir el procedimiento si el paciente no ha expresado su voluntad.

Casos

Como ya lo señaló el ministro Gaviria, las personas que deseen someterse a este procedimiento deben ser enfermos terminales. En dado caso que la persona se encuentre en estado vegetativo, este debió haberlo conversado con la familia y dejarlo estipulado de un forma verificable, ya sea por medio de una grabación, una carta o un video.

De otro lado, Gaviria también explicó que el procedimiento debe realizarse en todos los hospitales de forma gratuita y en caso de que el médico tratante se niegue a realizarlo, por motivos personales, la IPS debe garantizarle al paciente que otro profesional de la salud lo lleve a cabo. En caso de que ningún médico del centro de salud desee realizarlo, el paciente deberá ser trasladado a otra clínica.  La eutanasia no se realizará a menores de edad o personas que tengan una enfermedad degenerativa.