Con el objeto de fortalecer en el ámbito nacional la implementación de la Ley 1493 de 2011- Ley de Espectáculos Públicos- y con el ánimo de recibir opiniones y sugerencias de los agentes y organizaciones del sector cultura, esta cartera puso a consideración el proyecto de decreto “por el cual se reglamenta el registro de productores de espectáculos públicos de las artes escénicas de que trata la Ley 1493 de 2011 y se dictan otras disposiciones”, el cual está dirigido a los productores, operadores de boletería, espectadores y en general a todos los agentes participantes en la realización de los espectáculos públicos de las artes escénicas del territorio nacional.
Esta iniciativa normativa se enfoca principalmente en la modificación del registro de productores de espectáculos públicos de las artes escénicas creado por el artículo 10° de la Ley 1493 de 2011, a fin de incluir el registro de este tipo de eventos, por medio del cual se fortalezca el ejercicio de las competencias del Ministerio de Cultura y la Superintendencia de Industria y Comercio (Ley 1480 de 2011), se garantice al espectador el suministro de información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, idónea y precisa sobre los productos que ofrezcan los productores, organizadores y anunciantes de espectáculos públicos; y se establezca la viabilidad jurídica y técnica para el desarrollo del portal único - cadena de trámites de espectáculos públicos de las artes escénicas-.