La Administración Distrital diseñará e instalará puntos de hidratación o bebederos de agua potable permanentes en los parques y ciclorrutas, en armonía con el Plan Maestro de Equipamientos Deportivos y Recreativos.
Para la instalación de estos, se utilizarán tecnologías que garanticen ahorro de agua y seguridad.
Los puntos de hidratación o bebederos de agua potable deberán ser diseñados para garantizar el acceso a las personas con discapacidad.
La Administración Distrital hará la divulgación correspondiente para su buen uso y cuidado y sobre los beneficios a la hidratación adecuada y oportuna en la salud de la población.
La instalación de los puntos de hidratación o bebederos de agua potable se hará de manera progresiva de acuerdo con la disponibilidad de recursos.