Listas en alianza de partidos están habilitadas en cargos uninominales, también en corporaciones, sin embargo, en este último caso falta reglamentarlo. Si reforma electoral avanza en este sentido podría masificar uso del mecanismo el próximo año
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Uno de los aspectos llamativos de la reforma político-electoral que discutirá el Congreso en la próxima legislatura es que los partidos minoritarios podrán hacer coaliciones para presentar listas a corporaciones públicas. Esta modificación dispararía este tipo de alianzas en los comicios de 2018, pues a pesar de que actualmente operan para cargos uninominales, en los comicios regionales de 2015 se vieron en un importante número.
La Misión de Observación Electoral indicó que en las elecciones de autoridades regionales de 2015 hubo 581 candidatos a alcaldías (el 13% de los aspirantes) inscritos por coalición en todo el país, en alianzas compuestas por entre dos y hasta seis partidos o grupos significativos de ciudadanos. De ellas, 256 ganaron (el 23% del país).
Por partido, el que participó en más coaliciones fue el Partido de La U, seguido por Cambio Radical y el Partido Liberal. En este mismo orden fueron los partidos que más ganaron alcaldías en coalición.
Todos los partidos políticos a excepción del MIRA (que no tuvo candidatos a alcaldías) participaron en coaliciones.
En 18 coaliciones participaron grupos significativos de ciudadanos, indicó la Misión de Observación Electoral.
La iniciativa
En marzo pasado el entonces ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, radicó en la Presidencia de la Cámara de Representantes el proyecto de Reforma Política y Electoral. La iniciativa, que se tramitará vía fast track, hace parte de la implementación del Punto 2 del Acuerdo de Paz con las Farc.
Según el Gobierno nacional la reforma busca un cambio de fondo en temas como la lucha contra la corrupción electoral y la renovación política. "Este proyecto es fruto de muchas horas de reuniones y debates entre los partidos y el Gobierno, gracias también al trabajo de la Misión Electoral Especial", expresó entonces Cristo.
La iniciativa contempla medidas como la financiación preponderantemente estatal, prohibiendo a las campañas contratar transporte el día de las elecciones y hacer transacciones con dinero en efectivo, es decir que todo se hará a través del sistema financiero.
Los particulares podrán aportar pero deberán rendir cuentas públicamente. Violar estas disposiciones tendrá responsabilidad penal para particulares, gerentes de campañas, directores de partidos y para candidatos, ocasionará la pérdida de investidura.
La reforma propone la creación del Consejo Electoral Colombiano, un organismo independiente que, sin ser parte de la rama judicial, tendrá algunas funciones jurisdiccionales como resolver las impugnaciones sobre inhabilidades y fraude electoral. El CEC tendrá, además, una unidad de policía judicial para controlar temas de financiación con capacidad de investigación.
En cuanto al sistema electoral, se establece la lista cerrada y bloqueada, lo que reduciría sustancialmente el costo global de las campañas.
Así mismo, implementa, gradualmente, el voto electrónico y se generaliza el sistema de identificación biométrica con el fin de garantizar mayor transparencia en las elecciones.
El acto legislativo establece que nadie podrá ser elegido por más de dos periodos consecutivos en corporaciones públicas y promueve la renovación generacional, ya que la edad requerida para ser senador bajará de 30 a 25 años y para ser representante pasará de 25 a 21 años.
En materia de colectividades la iniciativa establece que “los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que sumados hayan obtenido una votación de hasta el 15% de los votos válidos de la respectiva circunscripción, podrán presentar lista de candidatos en coalición para corporaciones públicas”.
Para citar un ejemplo en las elecciones de alcalde de Montería en octubre de 2015, el triunfador fue el candidato de una coalición que armaron los partidos Conservador, La U y Cambio Radical, Marcos Daniel Pineda, quien obtuvo 83.580 votos (el 45,56% de la votación).
En las elecciones territoriales del 2015 el 13% de los aspirantes a alcaldías lo hicieron avalados por coaliciones de partidos
Luego figuró el candidato del Partido Centro Democrático, Carlos Alberto Ordosgoitia, con 44.653 sufragios (el 24,34% de la votación); la carta del Partido Liberal, Juan José González Jiménez, con 35.365 votos (el 19,28% de la votación); el aspirante del Movimiento MAIS, Oscar Ramírez, con 9.471 votos (el 5,16%% de la votación); el candidato de la Unión Patriótica, Luciano Angulo, con 4.325 votos (el 2,35% de la votación) y el candidato del Partido Alianza Verde, Fredys Saah, con 647 votos (el 0,35% de la votación).
Ello significa que si el proyecto de reforma política-electoral es aprobado como lo presentó el Gobierno nacional al Congreso, en los comicios de alcalde de Montería en el año 2019 podrán hacer una coalición alrededor de un candidato el Movimiento MAIS, la Unión Patriótica y el Partido Verde, pues su votación en conjunto para este cargo en los comicios de 2015 en esta ciudad llegó apenas al 7,87% del total de los votos válidos emitidos.
Reglamentación pendiente
El mecanismo de la coalición en las listas a corporaciones públicas fue visto por los partidos minoritarios como la tabla de salvación frente al reto que les significó el aumento del umbral en las elecciones de 2014, cuando pasó del 2% al 3%.
El problema que existía en ese momento era que las coaliciones operaban solo para cargos uninominales, producto de la Reforma Política del año 2009. Entonces las colectividades minoritarias hablaron de la necesidad de presentar un proyecto de ley para agendar esta reforma e, incluso, le pidieron al Gobierno dar un paso en ese sentido.
Este anhelo de los partidos minoritarios se hizo realidad con la Reforma de Equilibrio de Poderes (Acto legislativo 2 de 2015), la cual modificó el artículo 262 de la Constitución Política estableciendo que “los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que sumados hayan obtenido una votación de hasta el 15% de los votos válidos de la respectiva circunscripción, podrán presentar lista de candidatos en coalición para corporaciones públicas”.
Sin embargo falta reglamentar esta disposición para poderla aplicar en los comicios parlamentarios del 2018, que es lo que el Ejecutivo pretende hacer a través de la reforma político-electoral que se discute en el Congreso.
Con el mismo propósito hace curso en el Parlamento el proyecto de ley estatutaria No. 30/16 Senado, por medio de la cual se reglamenta las coaliciones de partidos y movimientos políticos a corporaciones públicas.
Esta iniciativa fue radicada el 26 de julio de 2016 por senadores y representantes a la Cámara del Polo Democrático, la Alianza Verde e incluso el Partido Centro Democrático.
El proyecto fue aprobado por la Comisión Primera del Senado en septiembre del año pasado y está pendiente de su segundo debate en la plenaria de esta Corporación.
Como conclusión hay que decir que si la reglamentación de las coaliciones de partidos para corporaciones públicas no se da por la vía de la reforma política-electoral, podría resultar producto del proyecto de ley estatutaria No. 30/16 Senado.
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