En pañales, en cuanto a su trámite legislativo, se encuentran tres proyectos de ley que modifican en algunos aspectos la ya añeja Ley 5ª de 1992, o Ley del Congreso. Uno de ellos busca darle más protagonismo a la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento.
En tanto que otro pretende crear una comisión de administración en la Cámara, como sí existe en el Senado. Finalmente se crearía en Cámara una comisión más de vigilancia.
Comisión de DD.HH.
Fortalecer las funciones establecidas a la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias del Congreso, permitiéndole participar activamente en actividades que implican la promoción, protección y cumplimiento efectivo de los Derechos Humanos, es el propósito del proyecto de Ley 222 de 2012.
Esta iniciativa del senador Édgar Espíndola (Partido de Integración Nacional –PIN) fue radicada el 27 de marzo pasado y en este momento hace tránsito en el Senado.
La Comisión de Derechos Humanos y Audiencias está compuesta por 10 miembros en el Senado y 15 en Cámara y tiene como función defender los Derechos Humanos, vigilar y controlar a toda autoridad encargada de velar por el respeto a los mismos y promover las acciones pertinentes en caso de incumplimiento.
Sin embargo, esta célula, por lo limitado de sus funciones establecidas en la Ley 5ª, no es un organismo realmente fuerte en la protección de Derechos Humanos, además, es poca su participación en el Congreso y nula en los proyectos de ley que traten el tema, señala el proyecto en su exposición de motivos.
En ese sentido la iniciativa entrega nuevas funciones a esta comisión, como recomendar al Gobierno Nacional para que adopte medidas progresivas a favor de los Derechos Humanos.
Además establece una función que desde ya luce polémica como es la vigilancia y control sobre toda entidad relacionada con la protección, promoción y defensa de los Derechos Humanos, no solo las del Ejecutivo y del Ministerio Público, sino también las ONG.
Igualmente el proyecto faculta a la Comisión de Derechos Humanos del Congreso para hacer el seguimiento de los proyectos de ley relacionados con Derechos Humanos y, de esta manera, expedir concepto favorable o desfavorable sobre ellos.
Comisión de administración en Cámara
La creación de una comisión de administración, que tendrá como función principal vigilar las actuaciones del Director Administrativo de la Cámara, establece el proyecto de Ley 207/12 de los representantes Gustavo Puentes y Heriberto Sanabria (Partido Conservado), que fue radicado el pasado 22 de marzo y hace tránsito en la Cámara.
Desde la expedición de la Ley 5ª de 1992 ha existido una diferencia en ambas Cámaras en lo que concierne al Director Administrativo, pues en el Senado se determinó que su elección fuera a través de la Plenaria de dicha Corporación, mientras que en la Cámara su designación era potestativa de la Mesa Directiva de la misma, pero, como la naturaleza del cargo de Director Administrativo del Senado es de elección, también le creó una Comisión de Administración, de la que carece la Cámara.
La Ley 1318 del 13 de julio de 2009 reformó la Ley 5ª determinando las funciones del Director Administrativo de la Cámara, además de establecer que sería elegido por la plenaria de esta Corporación por un lapso de dos años; sin embargo, dejó de lado la creación de una comisión de administración.
En este sentido el proyecto en mención crea una comisión de administración en la Cámara, otorgándole entre sus funciones evaluar la gestión administrativa del Director Administrativo e informar anualmente a la Plenaria acerca de su desempeño; además, ejercer control y vigilancia sobre las actuaciones del Director Administrativo y autorizar a este funcionario para celebrar contratos que superen 2 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Comisión de vigilancia
La creación de una comisión más especial de vigilancia en la Cámara, específicamente para las políticas públicas relativas al río Magdalena, propone un proyecto de ley.
Esta iniciativa de los representantes Roberto Herrera (ALAS) y Victoria Eugenia Vargas (Partido Liberal) hace tránsito en la Cámara.
Esta sería la cuarta comisión especial de vigilancia en la Cámara, pues ya existen la Comisión de Vigilancia de los Organismos de Control Público, la Comisión de Vigilancia del Organismo Electoral, la Comisión de Vigilancia del Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial.