Con la sentencia proferida por un juez agrario se dio comienzo, en el Valle del Cauca, al proceso material de recuperación de tierras despojadas o abandonadas forzosamente por presiones de la desmantelada organización paramilitar, “Bloque Calima”.
El fallo de restitución ordenó devolver 4 hectáreas y 6.161 metros cuadrados de tierra a una familia del corregimiento de Puerto Frazadas, jurisdicción del municipio de Tuluá, que debió abandonar el predio hace más de 10 años, como consecuencia de la presión de los paramilitares en la zona.
En 1999, el Bloque Calima de la Autodefensas incursionó en la zona alta del municipio de Tuluá, generando temor entre los pobladores a través de asesinatos, masacres y desapariciones. Los ajusticiamientos realizados y los enfrentamientos con la guerrilla por el control territorial ocasionaron el desplazamiento masivo de los habitantes de la región.
Un centenar de familias de la zona debieron dejar atrás sus parcelas, buscando salvaguardar sus vidas. Para ese entonces, las instalaciones municipales de Buga y Tuluá se convirtieron en el lugar de refugio para los desplazados provenientes de La Moralia, Monteloro y Puerto Frazadas.
Las masacres realizadas por el Bloque Calima en esta época dejaron como resultado 37 personas asesinadas, muchas de ellas desmembradas y torturadas, dado que fueron señaladas como colaboradores de la guerrilla.
En la sentencia del m Juzgado de Restitución de Tierras del Valle del Cauca se ordena garantizar la seguridad en el predio y vigilar la oportuna entrega del mismo a sus dueños. Esto le corresponde a las autoridades militares y de policía.
Asignar el beneficio de alivio de pasivos, correspondiente a la cancelación de la cartera morosa de impuesto predial; de otros impuestos y de tasas o contribuciones.
Condonar las deudas del predio que existan con el sector financiero y los atrasos en pagos de servicios públicos.
Los beneficiarios gozarán de proyectos productivos que permitan la debida explotación de la tierra, subsidios de vivienda, educación, recreación, capacitación y planes y programas de reforestación.
La etapa judicial de este proceso concluyó que, gracias a las pruebas aportadas, quedó demostrada la calidad de propietario del solicitante de restitución.