Ojo a proyectos
Se reanuda el trabajo legislativo mañana y existen muchas expectativas. Por ejemplo, para algunos congresistas llegó la hora de analizar más a profundidad las implicaciones de algunos proyectos de acto legislativo que el año pasado, entre julio y diciembre, fueron aprobados, no a las carreras, pero sí con la certeza de que lo importante era que superaran los cuatro debates de la primera vuelta y que ya en la segunda, a partir del 16 de marzo, se mirarían con detenimiento y ajustarían en su integralidad. Una de esas iniciativas es la que modifica el artículo 49 de la Constitución y regulariza el uso recreativo de la marihuana en los adultos.
Bombero en casa…
Un periodista de EL NUEVO SIGLO le preguntó a un dirigente gremial de primer orden si corrido este primer mes de 2023 ya se estaba cumpliendo uno de los principales propósitos que se fijó para este año el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, en torno a tener un diálogo más fluido y permanente con los empresarios y sus voceros. “… No, de eso más bien poco… Pero hay que entender que Ocampo dijo eso con el fin de apagar los incendios generados por las contradicciones y polémicas entre el Gobierno y algunos dirigentes gremiales… Pero no ha podido hacerlo, porque, a diferencia de muchos bomberos que salen a apagar los incendios fuera de la estación, al Ministro se le va el tiempo en apagar las conflagraciones que generan en la estación sus mismos compañeros de gabinete”, precisó la fuente consultada, que pidió la reserva de su nombre.
¿Argumentos trasnochados?
En medio de la polémica por la prohibición o regulación de las aplicaciones electrónicas que intermedian en el servicio de transporte, uno de los argumentos que llamó la atención fue el traído a cuento por varios de los voceros de las organizaciones de taxistas, en torno a que hay varias sentencias de la Corte Constitucional que establecerían claramente que el servicio remunerado de transporte de pasajeros solo puede ser prestado por empresas y personas legalmente autorizadas para esa actividad. Sin embargo, uno de los abogados de estas plataformas replicó que “… se están trayendo a colación sentencias de antes de 2015 y 2016… Las posteriores, tanto en materia de revisión de acciones de tutela como de normas legales, ya no hablan de una actividad ilegal sino de una actividad que debe regularse”.
Hasta en los bancos…
“… No se puede plantear un debate serio así… Es como traer a una discusión sobre la viabilidad de la reelección presidencial argumentos de la Corte de cuando estaba prohibida… Mire, le voy a hacer un pequeño resumen del marco normativo que sustenta el funcionamiento de las plataformas como escenario de contacto entre un usuario que demanda un servicio de transporte y un particular que está dispuesto a prestarlo:… Leyes 1341 de 2009 y 1450 de 2011, Ley 1753 de 2015 o Plan Nacional de Desarrollo del gobierno de Iván Duque (parágrafo 6º, artículo 182, que creó el nivel de lujo en la modalidad individual), decreto 2297 de 2015, Resolución No. 2163 de 2016… Además, las plataformas pagan impuestos, tienen coberturas de seguros y hasta el sistema financiero acepta como fuente lícita de ingresos, a la hora de que un cliente pide un crédito para carro, casa o de libre inversión, que esa persona diga que trabaja con Uber, Didi u otra aplicación… Si esto no es un marco normativo de legalidad, no sé qué lo es”, precisó la fuente de uno de los equipos jurídicos que defienden los intereses de las plataformas.