Entre varios juristas y exmagistrados hay distintas lecturas sobre cuál es el estatus del llamado “acto legislativo para la paz” aprobado por el Congreso a mediados de este año y que contiene todos los instrumentos de implementación legislativa, constitucional y vía decreto del acuerdo de paz con las Farc. Como se sabe, los artículos esenciales de este acto supeditan su aplicación a una refrendación popular positiva del pacto con la guerrilla. En vista de que el plebiscito del pasado 2 de octubre dio un resultado negativo, para algunos juristas la conclusión taxativa e inobjetable es que dicha reforma constitucional simple y llanamente está “muerta”.
Acto legislativo de paz: hipótesis del “coma”
Sin embargo, otros exmagistrados tienen una lectura menos fatal y advierten que el acto legislativo está vigente y hace parte de cuerpo constitucional orgánico, ya que no “hay norma sustantiva” que lo impida. Para ellos, los resultados del plebiscito lo único que hacen es condicionar su entrada en vigencia y aplicación consecuente a que haya un nuevo mecanismo de refrendación popular del acuerdo con las Farc y que este sea positivo. En esta hipótesis, entonces, el referido acto legislativo sigue vivo pero se mantiene en una especie de coma, del cual puede salir si los colombianos son citados de nuevo a pronunciarse, a través de cualquiera de los mecanismos de participación ciudadana estipulados en la Carta, sobre un pacto con las Farc distinto al ya negado en las urnas.
Acto legislativo de paz: hipótesis “zombie”
Una tercera hipótesis que se ha escuchado entre reconocidos juristas apunta a una especie de estado intermedio entre los dos escenarios ya anotados. Se considera, en ese orden de ideas, que el acto legislativo no está ni vivo ni muerto sino que quedó en una especie de estado “zombie”. Es decir que está presente, visible y tangible, con efectos de causa y consecuencia directos e indirectos, pero que para cobrar plena vigencia necesita una especie de resurrección extraordinaria que lo saque del estado catatónico en que el resultado de las urnas lo dejó. Pero ese instrumento ya no sería por el lado de la refrendación popular, cualquiera sea el mecanismo al que se acuda, sino que se podría aplicar una salida extraordinaria no prevista en el mismo, es decir otra reforma al mismo acto legislativo que amplíe los mecanismos de vigencia más allá de la refrendación, o elimine o flexibilice dicho requisito.
Que Gobierno despeje dudas sobre López
En el Partido Conservador ya hay varios senadores que urgen que la Casa de Nariño, oficialmente, despeje las dudas que han surgido en torno a la candidatura de la exmagistrada María Mercedes López a la Procuraduría. Un congresista de esa colectividad le dijo a EL NUEVO SIGLO que “…yo no creo que Palacio se hubiera arriesgado a postular un nombre del que no tuviera plena seguridad sobre su completa habilitación para el cargo, sobre todo después de que el de (Eduardo) Pizano se descartó porque existían dudas en torno a si cumplía o no los requisitos académicos y de experiencia para ser jefe del Ministerio Público… Personalmente estoy seguro de que López no tiene problema alguno pero hay que despejar las dudas porque es claro que la especie se está poniendo a rodar con una evidente motivación política para afectar sus posibilidades de ser elegida”.