En varios municipios en donde ya se sabe que estarán ubicadas zonas de concentración de veredales para las Farc se está empezando a presentar un fenómeno de desplazamiento de población de las zonas rurales a los cascos urbanos. Si bien todavía es una situación incipiente podría aumentar de manera significativa en las próximas semanas. Gobernadores y alcaldes que ya han recibido la información al respecto y están pendientes de hablar con el Gobierno nacional para establecer planes de contingencia que permitan neutralizar esta situación que podría afectar el arranque de un eventual cese el fuego bilateral y de hostilidades con las Farc.
Congelar precio de la tierra
Incluso, según conoció EL NUEVO SIGLO, el Gobernador de uno de los departamentos con más zonas veredales para las Farc estaría analizando la posibilidad de proponerle al Gobierno nacional que dicte una medida que congele los precios de la tierra en las zonas rurales para evitar que algunos avivatos se aprovechen del temor del campesinado y los propietarios de fincas por tener cerca a la guerrilla que están pensando en vender sus predios. La idea del Gobernador es que se aplique una directriz parecida a cuando se anuncia la construcción de un proyecto de infraestructura en determinada zona y para evitar que se inflen los precios de los predios en la zona de influencia o se presione a las comunidades a vender por debajo de valor comercial de los mismos, se congela la compraventa de tierra y los avalúos catastrales por un tiempo determinado.
Cuatro meses y 20 días
El magistrado ponente de la sentencia de la Corte Constitucional sobre el plebiscito especial de paz, Luis Ernesto Vargas, está muy complacido por el trabajo que cumplió al encargarse de este complejo proceso de revisión de exequibilidad. Según el cronograma, tenía espacio hasta octubre para presentar la ponencia pero la logró evacuar con apenas cuatro meses y veinte días, un tiempo record, más aún porque ese alto tribunal ha tenido durante el primer semestre varios temas de alto calado para pronunciarse.
No pasó el voto en blanco
De otro lado trascendió que si bien se discutió en la plenaria de la Corte la posibilidad de que se creara la opción del poder votar en blanco en el plebiscito, la propuesta fue desechada bajo el argumento de que la jurisprudencia constitucional establece que el voto en blanco debe tener un valor político real y efectivo, condición no quedaba clara en la votación del plebiscito, toda vez que no se pudo precisar qué significaba precisamente votar en blanco en un proceso de refrendación popular de un acuerdo de paz. Según una alta fuente de la Corte “el voto en blanco no es propio de los procesos plebiscitarios por la naturaleza misma de la figura y menos aún se aplica tratándose del pronunciamiento asertivo y cerrado de la ciudadanía sobre un acuerdo de paz… No podía entenderse ni derivarse de manera interpretativa de la Corte que votar en blanco pudiera entenderse con estar de acuerdo con el proceso de paz pero no con lo negociado, ya que dicha decisión estaba implícita dentro del propio No”.