No al voto obligatorio
En las toldas del partido Liberal hay distintas posturas sobre el voto obligatorio, que está contenido en el proyecto de reforma política que ya fue aprobado en primer debate y avanza el segundo. “… No veo cómo un partido como el nuestro puede siquiera pensar en apoyar una propuesta como el voto obligatorio, una figura que no solo es extraña a nuestro devenir democrático y constitucional, sino que desconoce que las imposiciones en el ejercicio de los derechos fundamentales son contrarias a las tesis primigenias y al ADN del liberalismo… No podemos olvidar que es esta colectividad la que siempre se ha ufanado de la defensa de las libertades y la defensa del libre examen… Además, el voto obligatorio puede terminar siendo un tiro en el pie, porque muchos sectores abstencionistas, al verse obligados a sufragar, podrían inclinarse por apoyar opciones radicales y aquellas que llaman de ‘protesta’ o ‘lunáticas’…”, precisó un dirigente de las toldas rojas, que pidió la reserva de su nombre.
En sus propias palabras
Y hablando de esta figura, en el Congreso crecen las voces que consideran que debería quitarse ese artículo del proyecto de reforma política. Incluso algunos sectores del Pacto Histórico sostienen que “… no hay que pisarse las mangueras”. Esto en relación a que cuando, tras la primera vuelta de los comicios presidenciales, un juez ordenó, al definir una acción de tutela, que los candidatos Gustavo Petro y Rodolfo Hernández hicieran un gran debate, no pocos académicos y dirigentes de la coalición de izquierda llegaron a recalcar que no podía obligarse a ningún candidato a debatir, ya que se violaría un derecho fundamental democrático a la libertad de pensamiento y opinión, una garantía similar a la de las personas que deciden abstenerse de votar…
Sin reformas
A propósito del estupor nacional por el caso de un padre que asesinó a su pequeño hijo en un hotel de Melgar (Cundinamarca), al parecer en un acto de venganza contra su expareja sentimental, varios penalistas advirtieron que no tienen razón de ser las propuestas que se han escuchado en torno a que sería necesario presentar un proyecto de reforma al Código Penal para que esta clase de delincuentes reciban la máxima pena, es decir 60 años de prisión. “… No hay necesidad de ninguna reforma… En el caso de asesinato de menores de edad y con los agravantes de este caso, es claro que la máxima pena será impuesta… Ahora, como el padre sindicado aceptó los cargos, se aplicarán las rebajas del caso, las contempladas en los códigos, aunque con algunas limitantes… Pero ese es un procedimiento propio de todos los procesos penales… No es momento de populismo punitivo, por más aberrante que es este caso”, señaló un reputado abogado a un periodista de EL NUEVO SIGLO.
¿Cadena perpetua?
Sin embargo, hay varios parlamentarios que consideran que es momento de volver a impulsar, vía consulta popular o referendo, una reforma que establezca la pena de cadena perpetua en Colombia. Como se sabe, en 2020 el Congreso aprobó un acto legislativo en ese sentido, apoyado por el entonces presidente Iván Duque, pero la Corte Constitucional, mediante la sentencia C-294 de 2021, tumbó esa reforma, argumentando que “acoger ahora este tipo de condena en el ordenamiento jurídico constitucional configura un retroceso en materia de humanización de las penas en la política criminal y de la garantía de resocialización de las personas condenadas”. Concluyó que el Congreso “transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la Carta como lo es el Estado Social y Democrático de Derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución”.