El alto Tribunal panameño dijo por segunda vez que el asilo de Hurtado es inconstitucional y, además, le llamó la atención por cuestionar las decisiones de los magistrados.
En un comunicado, la Corte del vecino país señaló que las decisiones de ese órgano son definitivas.
“Este pleno advierte que cualquiera petición presentada que no se enmarque en las normas citadas, se constituye en un desvío de los propósitos fijados, por lo que de ser atendidas, se desnaturalizarían las decisiones de la Corte Suprema de Justicia, que se caracterizan por ser finales, definitivas y obligatorias”, indicó.
La Corte le negó el último recurso jurídico a la exdirectora del DAS para continuar en Panamá como perseguida política, por lo que su extradición o deportación depende de las autoridades de ese país.
“La posición que asumió la Corte es histórica e inédita que refleja una rigurosidad que no habíamos visto en este tribunal que ya dio por ejecutoriada la sentencia y ha dejado claro que la solicitud de la Procuradora y de la defensa de Hurtado no interrumpieron el plazo de ejecutoría ya que la aclaración no es propiamente un recurso y el fallo está en firme desde el mes pasado”, señaló el abogado Ángel Álvarez.
Con esta decisión las autoridades panameñas deben localizar y surtir de inmediato las diligencias migratorias para que Hurtado vuelva al país a responder por el escándalo de las chuzadas antes la justicia colombiana.