Ciudadanos de Sincelejo, Sucre radicaron el pasado viernes 18 de julio ante la Registraduría Especial, un conjunto de firmas con las que esperan se pueda convocar a la ciudadanía a las urnas para decidir sí se revoca o no el mandato de su actual alcalde.
El mandatario de Sincelejo, Jairo Alfredo Fernández Quessep, fue elegido en los comicios de autoridades locales celebrados el 30 de octubre de 2011, por el Partido Social de Unidad Nacional. En esa jornada obtuvo un total de 54.933 votos, razón por la cual se requiere que las firmas válidas entregadas por los ciudadanos sean al menos 21.973, cifra que equivale al 40% de la votación obtenida por el mandatario, y que es requisito indispensable para que los ciudadanos de Sincelejo sean convocados a las urnas para decidir sobre la revocatoria del alcalde.
El ciudadano que radicó la solicitud de revocatoria de mandato fue Manuel Pérez Villadiego, representante del comité “Dignidad por Sincelejo” quien afirmó haber entregado ante la Registraduría Especial un total de 43.926 folios que contienen 110.435 apoyos para respaldar la revocatoria de mandato.
La Registraduría Especial remitió a la Dirección Nacional de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil en Bogotá, los apoyos radicados para proceder a la revisión de las firmas, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 134 de 1994 sobre mecanismos de participación ciudadana, así como la Resolución 10840 del 19 de diciembre de 2012, expedida por la Entidad.
La revisión incluye verificar que los datos estén completos, que no haya firmas repetidas y que todos los apoyos correspondan al censo electoral del municipio entre otros aspectos. Además incluye la realización de un análisis grafológico de firmas “una a una” para comprobar que no hay "planas" o conjuntos de firmas suscritas por un mismo ciudadano.
De acuerdo con la Ley 134 de 1994, la Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con un plazo de un mes a partir de la fecha de radicación de firmas para entregar la correspondiente certificación. Este término se podrá prorrogar por otro tanto, de acuerdo con el mayor número de firmas que exija el censo electoral del municipio. Las firmas entregadas deben haber sido diligenciadas en el Formulario Recolección de Apoyos – Revocatoria de Mandato, el cual se encuentra disponible en la página Web http://www.registraduria.gov.co.
El proceso de revisión de firmas culminará con un informe en el que consta el número total de apoyos efectivamente recibidos, el número de apoyos válidos y los anulados, especificando el motivo. Con fundamento en este informe, la Registraduría municipal expedirá una resolución motivada por medio de la cual certificará si cumple o no con los requisitos para aprobar la solicitud de revocatoria del alcalde.
Contra esta resolución proceden los recursos de reposición ante los Registradores Especiales de Sincelejo y de apelación ante los Delegados Departamentales del Registrador Nacional en Sucre.
Agotado el trámite de los recursos, y si la cantidad de firmas válidas supera el 40% de los votos obtenidos por el mandatario, los Delegados Departamentales convocarán a las urnas para que los ciudadanos de Sincelejo acudan a la votación de la revocatoria en el municipio. Dicha jornada debe efectuarse dentro de un término no superior a dos meses, contados a partir del momento en que la resolución correspondiente quede en firme.
Desde enero de 2013 y hasta la fecha los ciudadanos han radicado un total de 37 revocatorias de mandatos, de las cuales: 10 han sido votadas sin prosperar en las urnas, 22 no fueron aprobadas, una cancelada (Bogotá), una suspendida por muerte de la mandataria local (Norcasia, Caldas) una continúa en la fase de recursos (Paz de Ariporo, Casanare) y una más (Sincelejo, Sucre) fueron presentadas las firmas para su revisión.