Al tiempo que el presidente Juan Manuel Santos se negó a promulgar la reforma a la justicia por razones de constitucionalidad y conveniencia y la devolvió al Congreso, crece la incertidumbre en torno a qué pasará con la iniciativa y si el presidente del Senado decide promulgarla, lo que originaría un choque de trenes.
La situación no tiene precedentes en la historia del país, pues es la primera vez que un Jefe de Estado devuelve al Parlamento una reforma constitucional para que le haga ajustes.
“Devolveré al Congreso de la República, con objeciones, por razones de constitucionalidad y también de inconveniencia, el proyecto de acto legislativo de Reforma a la Justicia que he recibido para su promulgación. Tengo el deber de impedir que esto prospere, no vamos a permitir que por hacer que la justicia funcione mejor terminemos haciéndole el juego a quienes quieren escapar de ella”, anunció en la noche del jueves pasado el presidente Santos en una alocución.
Sin embargo en este punto se plantea un dilema pues hasta el momento, a diferencia de las leyes, que las sanciona, el Presidente se limita a promulgar las reformas constitucionales para que entren en vigencia.
De esta forma se garantizaría la independencia que tiene el poder Legislativo en su actuar frente al poder Ejecutivo, encarnado en el primer Mandatario.
Sin embargo en este caso de la reforma a la justicia el Presidente allana un camino hasta ahora intransitado, que es no promulgar este acto legislativo por los cambios de última hora que el colectivo de conciliadores de Senado y Cámara introdujeron en aspectos de alta sensibilidad e impacto, como los procesos de pérdida de investidura de los congresistas así como el proceso penal de los aforados.
“Los artículos que aparecieron en los textos de conciliación no podían votarse porque no existían en ninguno de los textos. Aparecieron nuevos aforados y un nuevo sistema de investigación que no hizo parte del texto original de la iniciativa”, explicó el ministro del Interior, Federico Renjifo, quien advirtió que estos cambios se hicieron a espaldas del Gobierno pues el Ministro de Justicia fue enterado solo después de que la conciliación estaba lista para ser presentada a las plenarias de Senado y Cámara, las cuales por mayoría aprobaron la reforma con el voto negativo de apenas una veintena de congresistas.
Línea presidencial
El presidente Santos defendió el proyecto de reforma a la justicia que presentó su Gobierno hace más de ocho meses, al considerar que el mismo va orientado a que la rama funcione mejor, sin embargo, anotó, no comparte los cambios que fueron introducidos en la conciliación. Como consecuencia devolvió la reforma al Congreso para que eliminen los calificados micos y en este sentido dijo que asume las consecuencias de sus actos.
Al respecto el constitucionalista Juan Manuel Charry le dijo a EL NUEVO SIGLO que “no existe una norma que regule las objeciones respecto de actos legislativos que reforman la Constitución. En la regulación constitucional y especialmente en la legal que es la Ley 5ª del año 92, hay algunas normas que regulan el trámite, y al final dice en lo no previsto se aplicarán las normas del procedimiento ordinario de la ley”.
Charry indicó que la interpretación común y sobre la que hay jurisprudencia es que las reformas constitucionales no requieren sanción presidencial ni pueden ser objetadas, “un poco para garantizar la autonomía del constituyente frente al Ejecutivo”, dijo.
Sin embargo, anota Charry, el Presidente de la República, a raíz de las irregularidades del proceso de conciliación “opta por la interpretación, llamémosla opuesta, que es una interpretación posible porque lo que no está previsto puedo aplicar lo del procedimiento ordinario, siempre y cuando no vaya contra la naturaleza. Entonces el Presidente dice ‘si hay unos errores constitucionales graves, que además no deben aplicarse porque generarían efectos en procesos y podrían generar efectos no queridos, pues yo acudo a la figura de la objeción presidencial y preservar el orden jurídico y evitar que entre en vigencia el acto legislativo’. Entonces a partir de esa nueva interpretación propone la objeción”, explicó el constitucionalista.
En ese sentido el ministro Renjifo dijo que el Presidente “va a devolver la reforma al Congreso porque consideramos que hay cosas inconstitucionales que no podemos aceptar”. Incluso señaló que “si el precio de devolver la reforma es que se hunda toda la reforma, el Presidente ha sido claro y debemos aceptar”.
Sin embargo al presidente del Consejo de Estado, magistrado Gustavo Gómez, dijo que es “exótico que el Presidente objete una reforma a la Constitución”.
Por su parte, el representante a la Cámara por el Partido verde, Alfonso Prada, dijo que “el Presidente de la República debe suspender la promulgación y elaborar el documento pertinente sobre objeciones y radicarlo el 20 de julio en sesiones ordinarias”.
Otros parlamentarios reaccionaron frente a este tema, como el senador Musa Besaile, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), quien dijo que el presidente Juan Manuel Santos cayó en error porque él no puede objetar un acto legislativo. “La verdad eso hay que enviarlo a la Corte Constitucional. Ya ellos en su debido proceder, la estudiarán, la analizarán y tomarán una determinación. Lo aprobarán o algunos articulados los sacarán del proyecto”.
Añadió que el Presidente debió darle procedimiento a la publicación de la reforma porque eso fue aprobado por el Congreso, “fue aprobado por las plenarias de Senado y Cámara. Eso procede a ser evaluado por la Corte Constitucional”.
Por su parte, el representante Jaime Vásquez, Partido de La U, dijo que “yo creo que esa reforma a la justicia se debe revisar y que el Presidente debió haber invitado al Congreso a hacer una revisión. En cierta forma algunas de sus palabras hacen que la misma gente siga criticando al Congreso y eso hay que revisarlo para que no se afecte la relación con el Presidente. Pienso que al Jefe del Estado le faltó reflexionar mucho más el tema para que no les afectara esta situación a los congresistas”.
El senador Parmenio Cuéllar dijo que ya la reforma está vigente porque en su concepto no es necesaria su publicación, “la publicación es para que las personas la conozcan”, dijo. Añadió que el Jefe de Estado no puede objetar la reforma y que la Corte Constitucional dará la última palabra sobre la exequibilidad de la iniciativa.
Qué le espera a la iniciativa
Atendiendo la decisión del Jefe de Estado, el presidente de la Cámara, Simón Gaviria, expresó que esta Corporación tiene la disposición de revisar el texto aprobado y hacer los ajustes correspondientes.
En tanto al cierre de esta edición se desconocía la postura del presidente del Senado, Juan Manuel Corzo, quien no está en el país, en cuanto a sí atenderá el llamado presidencial a revisar la reforma u optará, como la ley lo permite, por promulgarla.
En el escenario que los dos poderes se pongan de acuerdo en no publicar la reforma. “no habría promulgación”, explicó el ex magistrado de la Corte Constitucional, Alfredo Beltrán.
Ahora bien, tras la devolución que hizo ayer de la reforma a la justicia con sus objeciones la Casa de Nariño al Congreso, los congresistas pueden negar esas objeciones y devolver la reforma a la Presidencia; en caso contrario, es decir que el Parlamento acepte las objeciones, arrancará de nuevo el proceso de conciliación.