La recusación que la candidata del Partido Conservador, Marta Lucía Ramírez, presentó en el mismo acto de inscripción de su candidatura contra los 7 consejeros electorales incursos en conflicto de intereses y que, por tanto, no pueden intervenir en el proceso de impugnación de las decisiones de la Convención Conservadora del pasado 26 de enero, obliga al Procurador General de la Nación a asumir de inmediato la competencia de este trámite y decidir, de una vez por todas, si los recusados magistrados están impedidos o no para seguir conociendo del sonado proceso electoral, pues así lo determina el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011. Le tocará por consiguiente al jefe del Ministerio Público, Alejandro Ordóñez Maldonado, estrenar esta nueva competencia legal, que antes de la ley precitada correspondía a los mismos miembros del Consejo Electoral resolver entre sí mismos, es decir, por cooptación, los impedimentos y recusaciones que se formularon contra ellos.
Al oído del Procurador. Ojalá no se repitan los bochornosos episodios que se dieron en los trámites de solicitud de registro de la denominación y logo símbolo del hoy llamado Centro Democrático, caso en el cual las recusaciones presentadas contra los magistrados Pablo Gil De La Hoz y Luis Bernardo Franco, del partido de La U; Yolima Carrillo, del partido Cambio Radical; Emiliano Rivera y Joaquín José Vives, del partido Liberal; José Joaquín Plata Albarracín, del PIN; y Nohra Tapia, del Partido Conservador, fueron resueltas por ellos mismos, autoabsolviéndose del cargo de conflicto de interés y eludiendo el trámite que debió darse por la Procuraduría General de la Nación, con la complicidad de unos funcionarios menores de este organismo.
J.J. Vives deja en el limbo Convención Conservadora. Con el artículo de J.J. en la revista Semana, el hábil magistrado deja a sus colegas como jueces y como parte, al manifestar que el Consejo le puede hacer conejo al Procurador y resolver sobre su propia competencia. Con esta fórmula el Consejo Nacional Electoral se lava las manos, así: i) Postergan la decisión de la demanda contra la elección como candidata presidencial de Marta Lucía Ramírez; ii) Conservan competencia para decidir sobre sus recusaciones; iii) No contrarían las directrices del Presidente del Partido Conservador, que es quien otorga los avales para las futuras elecciones o reelecciones de algunos de los actuales magistrados del Consejo Nacional Electoral; iv) No van en contra de la solicitud de sus electores, los congresistas de los partidos políticos de la “Unidad Nacional”, encabezados por dieciocho senadores del Partido Conservador que ya habían comprometido al partido en el camino de la reelección; y v) De contera aspiran que la opinión pública les perdone sus desaciertos y desatinos, y ahora los vea como unos magistrados dignos de tal investidura.