Jueves, 28 de Abril de 2016
El proyecto de resolución que reglamentará al Decreto 2297 de 2015, frente al nivel de lujo en el servicio público de transporte individual de pasajeros, ya está en etapa de socialización y publicado en la página web del Ministerio de Transporte, anunció la cartera a través de un comunicado.
De acuerdo con lo socializado por el Ministerio, el proyecto de resolución para la prestación del servicio de transporte individual de lujo reglamenta los requisitos de las empresas propietarias de plataformas para habilitarse ante el Ministerio, entre las que se establece que dicha habilitación es intransferible a cualquier título y no podrá ser utilizada para atender otras modalidades del transporte de pasajeros.
El proyecto también dispone que se podrá contratar una o más plataformas, para que los vehículos vinculados a ella, tengan acceso a las diferentes opciones del mercado, pero que los vehículos tendrán que acreditar ante la autoridad local (Secretaría de Tránsito) su relación con la empresa de transporte terrestre automotor individual en el nivel de lujo, empresas que deberán integrarse y migrar la información generada por la prestación del servicio al Sistema Inteligente Nacional para la Infraestructura, el Tránsito y el Transporte (Sinitt), una vez este entre en operación.
Se estipula que las empresas deberán demostrar que los conductores para el servicio individual del nivel de lujo cuentan con la certificación en competencias laboral y atención al usuario, de conformidad con lo señalado en el numeral 3 del artículo 5 del Decreto 2297 de 2015, así como implementar los mecanismos que sean necesarios para garantizar niveles de servicio que permitan calificar el servicio, el conductor, la empresa y el servicio en sí mismo.
En el proyecto, además, se señala que los vehículos serán de color negro, con una franja lateral que comprenderá la totalidad del largo del vehículo, un ancho de 10 centímetros, a cuadros blanco y gris intercalados de 2,5 centímetros cada uno.