“Proyecto sobre contrabando no es contra pimpineros” | El Nuevo Siglo
Sábado, 26 de Septiembre de 2015

“No es cierto que la iniciativa se vaya a aplicar a los pequeños pimpineros ni a las personas que tanqueen su carro en Venezuela y luego crucen la frontera hacia Colombia”, manifestó el representante por Antioquia, Santiago Valencia, del Centro Democrático.

Se trata del proyecto número 92 de 2015 Senado, “por medio del cual se previene, controla y sanciona adecuadamente el delito del contrabando, protegiendo el comercio justo e incentivando la formalización, al pequeño y mediano comerciante”, radicado el 9 de septiembre por buena parte de la bancada uribista en Senado (Jaime Amín, Fernando Nicolás Araújo, Daniel Cabrales, Iván Duque, María del Rosario Guerra, Honorio Henríquez, Paola Andrea Holguín, Alfredo Ramos y Álvaro Uribe) y en Cámara (Tatiana Cabello, Pierre García, Hugo Hernán González, Óscar Darío  Pérez y Margarita María Restrepo).

El proyecto propone adecuar el marco jurídico actual en materia de contrabando, lavado de activos, evasión fiscal, previniendo y controlando el contrabando.

Valencia sostuvo que “en el tema de la gasolina se dice que se va a aplicar a los pimpineros. No es cierto, porque hoy ya están los 20 galones en la Ley. Han llegado a afirmar incluso que quien tanquee su carro con más de 20 galones en Venezuela y pase la frontera, incurrió en el delito de contrabando. Nada más absurdo”.

El congresista también negó que a estas personas se les vaya a acusar del delito de lavado de activos: “También dicen que además los van a acusar de lavado de activos y que les van a quitar sus bienes por este delito. El lavado de activos es un delito el cual la Fiscalía tendrá que probar porque aquí no se invierte la carga de la prueba”.

Valencia agregó que adicionalmente la Ley les dará la posibilidad a los pequeños comerciantes de denunciar posibles abusos de autoridad por parte de la DIAN o de la Policía Fiscal y Aduanera, “de igual forma que puedan hablar con el Ministerio de Comercio para mirar la posibilidad de disminuir los trámites aduaneros”.

La ley busca promover jornadas de socialización y capacitación entre el Gobierno y los comerciantes, con el fin de entender derechos y deberes en materia de formalización y lucha contra delitos como el contrabando. La iniciativa busca impulsar la capacitación entre los comerciantes, buscar fuentes de financiación para ellos y generar esquemas participativos que desarrollen la economía en diferentes sectores.

Se establecen parámetros para que haya una competencia sana, es decir, sin abusos y sin una posición dominante. En cuanto a las sanciones para aquellas personas que cometan el delito de contrabando, se define el siguiente marco: delito de contrabando, 100 salarios mínimos; favorecimiento de contrabando, 100 salarios mínimos; favorecimiento por servidor con mercancías de menos de 100 salarios mínimos, multa de 500 a 1.500 salarios mínimos e inhabilidad de 5 a 10 años, y con mercancías superiores a 100 salarios mínimos multa entre 500 y 1.500 salarios mínimos junto con sanciones disciplinarias y pena privativa de la libertad; en cuanto a contrabando y lavado de activos debidamente comprobado, se escinden los tipos penales y se busca privilegiar el debido proceso y presunción de inocencia haciéndose necesario comprobar cada conducta y restaurando el marco sancionatorio de la Ley 599 de 2000.

Pero no solo los pequeños y medianos comerciantes se beneficiarían con la iniciativa, sino que también los consumidores estarían protegidos ya que la DIAN, el Iinvima y la Policía Nacional estarían facultadas para adelantar operativos de registro, verificación y control de los productos de perfumería, licores, dulces y confitería, calzado y confecciones, entre otros, asegurando su adecuado registro sanitario, aduanero o cualquier otro al que haya lugar, garantizando la seguridad, bienestar, protección e integridad de los consumidores.