Proyecto para prevenir abandono infantil espera debate | El Nuevo Siglo
Martes, 25 de Octubre de 2011

La adopción es la posibilidad que prevé la Ley para los padres que no quieren concebir a sus propios hijos.

Una propuesta que buscaba evitar que los bebés terminaran abandonados en cualquier calle o en un basurero porque sus padres no los querían tener, fue modificada de tal manera que ahora tiene como finalidad prevenir su abandono.
Se trata del proyecto de Ley 08 de 2011 Senado, “por el cual se establecen las cunas de vida para recién nacidos, y se dictan otras disposiciones”, de la senadora Claudia Jeanneth Wilches, del Partido Social de Unidad Nacional (La U).
Esta iniciativa ya tiene ponencia para primer debate en la Comisión Séptima de Senado y estaba incluida en el orden día el martes de la semana anterior, pero no fue debatida. En consecuencia deberá esperar hasta después de las elecciones para que sea analizada por esta célula legislativa.
El articulado original del proyecto establecía las cunas de vida, incubadoras o pequeñas cunas o canastillas debidamente adecuadas, para que pueda ser dejado un bebé que quiera ser abandonado por sus padres, sin que corra peligro.
Para tal fin la senadora Wilches señalaba que todos los hospitales y clínicas públicas y privadas deberán adaptar un sitio especial, denominado cunas de vida, en un plazo no mayor a cinco años, a partir de la vigencia de esta ley, “de fácil acceso, discreto, diseñado de tal manera que la persona pueda dejar el bebé, sin temor a ser identificada”.
El proyecto también preveía la posibilidad de que entidades privadas e iglesias pudieran adaptar cunas de vida, “quienes deberán informar al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, con el fin de registrar y autorizar a los posibles receptores de bebés abandonados en cunas de vida”.
Los niños que sean depositados en las cunas de vida deben ser entregados inmediatamente al ICBF, establecía el proyecto.
Uno de los aspectos más polémicos de esta iniciativa era que no “habrá lugar a responsabilidad penal para quien abandone a menor de seis meses de edad, en los sitios denominados cunas de vida”.
Sin embargo, uno de los ponentes para primer debate, senador Guillermo Santos, del Partido Liberal, pidió archivarlo porque, entre otras, lo consideró inconstitucional y que presupone la violación del precepto consagrado en el artículo 44 de la Carta, que establece como derechos fundamentales de los niños la vida, la integridad, la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella.
Igualmente, el ponente lo consideró inconveniente porque “el hecho de que la iniciativa no contemple como eximente de responsabilidad penal el abandono de menores implica que las personas que estén presentes o participen en el momento de la comisión del delito y no lo denuncien se convierten en copartícipes del mismo, con las consecuencias penales que esto implica. Esta situación puede desencadenar en situaciones jurídicas amenazantes para el personal médico y el personal de salud”.
Metamorfosis
Sin embargo, con el fin de salvar el proyecto, bajo el entendido de que las cunas de vida podrían ser una herramienta valiosa para evitar el abandono de los bebés, y teniendo en cuenta un concepto de ICBF, los ponentes le hicieron profundas modificaciones.
Una de ellas es cambiar la expresión que en las cunas de vida pueden los padres dejar a sus hijos si los quieren abandonar sin ser identificados, por la de que en estos espacios puede ser depositado un recién nacido y hasta los seis meses de edad, por sus padres, representantes legales, personas, instituciones o autoridades que tengan la responsabilidad de su cuidado y atención, a fin de garantizar su vida, su integridad personal y su protección contra los efectos del abandono físico, emocional y psicoafectivo.
Finalmente fue suprimido por los ponentes el artículo tercero, que establecía que no habrá responsabilidad penal para quien abandone un menor.
EL NUEVO SIGLO consultó sobre el tema a la ex subdirectora de Protección del ICBF, Carmen Helena Támara, quien explicó que la ley vigente prevé la posibilidad de que los padres entreguen a sus hijos si no los quieren tener. “Los padres si tienen la patria potestad sobre sus hijos y no se sienten capaces de acoger y cuidar al hijo, se presentan ante un defensor de familia y otorgan su consentimiento para que sea dado en adopción”, dijo.