Leímos el proyecto de reforma tributaria y lo comentamos con expertos. Como es costumbre, se incumple la palabra presidencial empeñada de manera repetitiva. Recordamos que el entonces candidato Juan Manuel Santos le juró a su contrincante Antanas Mockus y al pueblo colombiano que escribiría sobre el mármol que no habría más impuestos. Qué flaca memoria la del Presidente. Qué lejos se encuentra de la verdad. Veamos cinco píldoras sobre los olvidos que ya son crónicos.
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Borrador tributario. 1) Según el borrador, los dividendos serán gravados entre el cero y el 27 por ciento. Hoy están cero pollito.
2) Las utilidades de las compraventas de acciones estarán entre el cero y el cuatro por ciento. Ahora están en cero.
3) Se restablece el impuesto de utilidades pagadas en el exterior, que están en cero y pasarán al cuatro por ciento.
4) Se aumenta la tabla de retención para los asalariados.
5) Se crea un impuesto para las pequeñas actividades formales que no declaraban, contrariando la política del “primer empleo” del liberalismo que buscaba formalizar a los informales y ahora los clavan de manera inmisericorde
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La canasta. Además, queda pendiente de la decisión presidencial la del IVA, del cero al cinco por ciento, para la carne, la leche, el arroz, el plátano, el maíz y las legumbres. Mientras los ricos chillarán, los pobres aguantarán física hambre. A todas estas, ¿qué dirán los empresarios que no se pronuncian por estar de paseo en la China?
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¿Abuso o usurpación? Decía el caudillo conservador Gilberto Alzate Avendaño que “las palabras del gobierno son actos gobierno”. Por lo tanto, las solas palabras del ministro del Interior, Germán Vargas, hablando como ministro de Vivienda sin serlo, por no estar posesionado, constituye un acto de gobierno que induce a engaño a la comunidad por cuanto en su condición de titular de la cartera de Interior solamente está facultado para ejercer las funciones propias de ese Ministerio y no las de ningún otro empleo o cargo público, aún en el supuesto de que esté nombrado en él pues solo una vez que haya tomado posesión del mismo puede ejercer las funciones correspondientes. Por lo tanto, el señor Vargas, al ejercer funciones propias del ministerio Vivienda está incurriendo en una doble falta: disciplinaria y posiblemente penal.
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Consecuencias. Ante este hecho, las “asustadurías” deberían tomar cartas en el asunto para establecer las presuntas violaciones a la ley penal y al Código disciplinario único en que puede incurrir el señor Vargas, tanto en su condición de funcionario público como de simple particular. Quien haya suscrito convenios o celebrado contratos —sean funcionarios oficiales o simples particulares— también se atendrán a las consecuencias que necesariamente deben sobrevenir. Esas actuaciones administrativas, de acuerdo con la ley, serán nulas o inválidas de pleno derecho y pueden simultáneamente acarrear detrimento patrimonial ilícito en contra del patrimonio público, por lo cual también la Contraloría debe entrar a cumplir las funciones que en este caso le obliga la ley.