En la Sección Primera del Consejo de Estado se adoptó la decisión de prohibir el uso de fumigaciones con glifosato en los Parques Nacionales Naturales argumentando que dicha medida es un riesgo potencial contra el medio ambiente.
El Alto Tribunal indicó que aunque la actividad busca erradicar los cultivos ilícitos, no es una medida efectiva “tanto el orden público como el medio ambiente encarnan conceptos de cara relevancia para el desarrollo, mantenimiento y aseguramiento del Estado Social de Derecho, sin embargo, resulta evidente que el medio ambiente encuentra un plus de protección en la Carta dada su trascendencia para el aseguramiento de la vida misma, lo que le otorga un mayor valor normativo”.
De igual manera advirtió que estas prácticas “conllevan a la pérdida de la cobertura vegetal natural que entra en contacto con el químico”, por lo que se deben buscar otro tipo de estrategias para cumplir con los objetivos.