Todos los juguetes que no cuenten con un sistema de seguridad que restrinja el fácil acceso al compartimiento de las pilas o las baterías, fueron prohibidos por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
La decisión aplica para la promoción, distribución y comercialización de todo juguete-incluido el control remoto con el que opere “cuyo mecanismo de transmisión de energía no las resguarde adecuadamente por tener un tipo de ajuste que se abra con facilidad”.
Por ello y en todo caso, corresponderá a la cadena productiva garantizar que los juguetes que se pongan en el mercado colombiano cuenten con estas especificaciones.
Uno de los argumentos de la SIC en la resolución 11638 es que “no existe duda que en el mercado colombiano se comercializan juguetes que comparten idénticas condiciones con aquellos que fueron objeto de alertas internacionales, y por tanto, existe gran probabilidad que en el país se materialicen en la población infantil la hipótesis de asfixia, lesión o muerte”.
Además, luego de las visitas realizadas “algunos de los juguetes encontrados que no ofrecen un sistema de aseguramiento que impida a los menores acceder a las baterías son: El carro Chevy/Dodge/FordF150/Jeep 941904A, el Auto Gama Alta C/R - B/3060/L – 153706/G2788 y la organeta C/L Música3069L-161209/SD0616, los cuales fueron recolectados durante la visita de inspección realizada en la tienda de Almacenes La 14”.
La Superintendencia argumentó que algunos de los peligros a los que están expuestos los menores por el contacto directo con las baterías son: asfixia por presencia de un cuerpo extraño, lesiones por quemaduras ocasionada por la liberación de sustancias corrosivas en el lugar donde se aloje la batería, aun cuando su carga pareciera ser mínima, pues la conducción de electricidad puede ser facilitada por los líquidos corporales, envenenamiento por toxicidad de sus componentes, entre otros.