La Procuraduría General de la Nación pidió a la Corte Constitucional declarar infundadas las objeciones del gobierno frente al Proyecto de Ley que autorizó el reconocimiento de honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales del país.
A juicio del Ministerio Público, no le asiste razón al Gobierno Nacional cuando afirma que al legislador no le está permitido regular el pago de honorarios a los integrantes de las Juntas Administradoras Locales, porque al hacerlo vulnera la autonomía de las entidades territoriales.
De igual manera, considera infundados los señalamientos sobre una transgresión a la autonomía territorial, según la cual la fuente de financiación de los honorarios no pueden ser los ingresos corrientes de libre destinación.
En su concepto aseguró la Procuraduría que “es viable concluir que los honorarios, como parte de los gastos de funcionamiento de las entidades territoriales, deben ser solventados con los ingresos corrientes de libre destinación, sin que con ello se transgreda su autonomía”.