La Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública dio traslado a la instancia disciplinaria correspondiente, a la Fiscalía General de la Nación y a la Contraloría General de la República, del informe final de la actuación preventiva que adelantó sobre el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales que rigen la celebración de convenios y contratos interadministrativos por parte de las entidades estatales con las universidades estatales u oficiales.
El extenso informe, resultado de la verificación de 20 contratos interadministrativos que suman más de $17.277’236.797, suscritos durante la vigencia 2010 por 10 universidades públicas seleccionadas, mostró cómo las entidades estatales y las instituciones de educación superior públicas celebran entre ellas contratos interadministrativos desconociendo el ordenamiento jurídico vigente, lo que evidencia posibles graves omisiones y actuaciones contrarias al ordenamiento constitucional y legal vigente, entre otros: (i) inadecuados estudios previos que favorecen la contratación de universidades que no son idóneas al no poseer las condiciones de experiencia para la ejecución del objeto del contrato (ii) no expedición de los actos administrativos que justifican la decisión de acudir al contrato interadministrativo y no a la otra modalidad de selección. (iii) se pactan objetos contractuales expresamente prohibidos por el Estatuto Contractual, como el suministro de bienes. (iv) Falencias en las interventorías que se d
eben ejercer para asegurar el cumplimiento de las obligaciones pactadas. (v) No publicación de los procesos contractuales en el SECOP.
Han resultado especialmente llamativos algunos objetos contractuales pactados en los que las universidades terminan ejecutando tareas tan disímiles como instalación de sistemas semafóricos en el municipio de Soacha, actividades recreacionales en Melgar para 10.000 adultos mayores de la localidad de Kennedy, desarrollo e instalación de un sistema de seguridad para Ciudad Bolívar, dotación institucional para programa de bilingüismo de Mosquera, estudios técnicos de las obras para la ampliación de la avenida Santander y Bocagrande en la ciudad de Cartagena, conceptualización y desarrollo de una estrategia de marca para el sistema integrado de Transporte Público de Bogotá, diseños paisajísticos de las reservas hídricas de lagunas de Cundinamarca, mejoramiento de la gestión integral de residuos sólidos de comerciantes, empresarios y unidades residenciales de Usaquén, elaboración de mapas digitales de ruido ambiental, etc.
Como es natural, al no contar las universidades con la experiencia para ejecutar tan diversos objetos contractuales, terminan subcontratando directamente con empresas privadas su ejecución, situación igualmente criticada por la Procuraduría, ya que podía estar acudiéndose a los contratos interadministrativos para burlar los procesos de selección objetiva establecidos en el Estatuto Contractual, tales como licitación pública o concurso de méritos.
La alarmante situación provocó la expedición de una directiva por parte del procurador general de la Nación, en la cual se insta a los representantes legales de las entidades estatales sometidas al Estatuto General de la Contratación a dar cumplimiento a las reglas para la celebración de convenios y contratos interadministrativos.