“Procesos a desmovilizados deben tener cierre jurídico” | El Nuevo Siglo
Viernes, 3 de Octubre de 2014

Es necesario que una vez que se firme el acuerdo de paz, los delitos que sean investigados, juzgados y sancionados en el marco de la justicia transicional cometidos tanto por integrantes de la guerrilla como por miembros de la Fuerza Pública tengan un cierre definitivo en materia jurídica. Así lo señaló ayer el fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre.

“Si no buscamos un cierre jurídico definitivo de todas las investigaciones por graves violaciones a los derechos humanos, pues esto se volvería una historia sin fin, podríamos durar décadas realizando investigaciones y juzgamiento para los actores del conflicto”, dijo.

El jefe del órgano acusador hizo estas afirmaciones durante su intervención en el Segundo Foro Colombo–Alemán Reconciliación, Responsabilidad y Memoria, experiencias alemanas y perspectivas colombianas, en el cual desarrolló la conferencia ‘Desafíos de la Justicia Transicional en Colombia’, señalando la importancia de investigar, juzgar y sancionar en el marco del postconflicto, buscando un equilibrio entre la justicia y la paz.

“Tenemos que inventarnos nosotros los colombianos un mecanismo de seguridad jurídica que implique que todos los delitos que sean investigados, juzgados y sancionados en el marco de la justicia transicional cometidos tanto por miembros de la guerrilla como por miembros de la Fuerza Pública, como por miembros del paramilitarismo y por todos los actores del conflicto, tengan un cierre definitivo en materia política”.

El Fiscal General planteó la necesidad de determinar el alcance jurídico y político evitando la impunidad de las mayores afectaciones a los derechos humanos, los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra bajo el criterio de selectividad que implica enfocarse en los máximos responsables.

Bajo este modelo de justicia minimalista que recoge las experiencias internacionales de los últimos 10 años en justicia transicional, Montealegre aseguró que “si vamos a darle una solución negociada al conflicto armado en Colombia, de violaciones masivas a los derechos humanos, el gran desafío además de la protección a las víctimas de su protección a la verdad, justicia y reparación, es otro derecho, otro valor constitucional clave para la superación del conflicto armado en Colombia, que es el de seguridad jurídica”.

Pero el fiscal Montealegre fue más allá al proponer que “apoyo los mecanismos de extradición, sin embargo, considero que si los guerrilleros se desmovilizan, si las Farc se desmovilizan, si los ‘elenos’ se desmovilizan y tienen investigaciones o solicitudes de extradición, fundamentalmente de los Estados Unidos, esas extradiciones sean suspendidas en su ejecución durante todo el transcurso del proceso”.

Montealegre ya ha señalado en otras oportunidades que la extradición no puede convertirse en un obstáculo para un proceso de paz, bajo el entendido que si se consolida un proceso de paz que venga acompañado de la desarticulación de las estructuras al margen de la ley que tienen las Farc, “sería partidario de que se introdujeran normas en el ordenamiento colombiano que no permitieran la extradición de miembros de la guerrilla".

 

Justicia especial

Si el Gobierno nacional logra firmar un acuerdo de paz con las Farc producto de las negociaciones que desde hace dos años sostiene en La Habana (Cuba) y posteriormente los colombianos avalan dichos acuerdos en las urnas en el escenario de un referendo, el paso a seguir es que los desmovilizados de esta organización serían cobijados por la justicia transicional, modelo acogido en el mundo entero al término de conflictos armados, que al final de cuentas trata de hacer un balance entre los requerimientos de justicia y la necesidad de paz.

En ese sentido desde hace dos años, el Congreso de la República aprobó el Acto Legislativo 01 (Marco Jurídico para la Paz), el cual es el piso jurídico sobre el cual se afirmaría la eventual desmovilización de las Farc, pues establece que una ley estatutaria podrá autorizar que se dé un tratamiento diferenciado a los ex combatientes así como los agentes del Estado en relación con su participación en el conflicto armado.

Dicho Marco Jurídico contempla criterios de priorización para el ejercicio de la acción penal que permitan centrar los esfuerzos en la investigación penal de los máximos responsables de todos los delitos que adquieran la connotación de crímenes de lesa humanidad, genocidio, o crímenes de guerra cometidos de manera sistemática.

También esta norma prevé la posibilidad de la suspensión de la ejecución de la pena; la aplicación de sanciones extrajudiciales, de penas alternativas, o de modalidades especiales de ejecución y cumplimiento de la pena; y autorizar la renuncia condicionada a la persecución judicial penal de todos los casos no seleccionados.