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A medina que el proceso de paz entre el Gobierno y las Farc va entrando en la que se supone es su fase más decisiva e incluso de recta final, lo único que va quedando claro es que la polarización política va en aumento, en tanto que la confusión crece sustancialmente entre la opinión pública.
Prueba de lo anterior es lo que ocurrió esta semana, pues las controversias alrededor de los alcances del acuerdo a que llegaron las partes para el llamado ‘blindaje’ jurídico de un eventual pacto final de paz, lejos de disminuir con el paso de los días y las explicaciones en La Habana y en Colombia, aumentaron.
Y es que en los últimos siete días se pusieron sobre el tapete varios de los nudos gordianos que desde hace bastante tiempo arrastra el proceso y que pese a los sucesivos acuerdos entre las partes, aún no han podido ser resueltos y explicados de manera satisfactoria para el país.
El primero de esos nudos es, sin duda, el referido a cuál es el papel de la refrendación popular que ambas partes, en la agenda de negociación que anunciaron en agosto de 2012, se comprometieron a realizar para que la ciudadanía, en las urnas y con su voto directo, sea la que finalmente apruebe lo que se negocie en La Habana.
El hecho de que las partes hayan pactado que el “acuerdo final de paz” se elevará a la categoría de “acuerdo especial” a la luz del artículo III común de los convenios de Ginebra, y que será inscrito como tal ante el Consejo Federal Suizo (depositario de tales convenios) y que, además, luego ese mismo “acuerdo final” será incorporado al bloque de constitucionalidad colombiano por intermedio de una “ley aprobatoria” en la que el Congreso sólo podrá aprobar o improbar, sin modificar una sola coma a menos que lleve autorización del Gobierno, puso a pensar a muchos sectores si por esta vía no se estaba debilitando la fuerza y alcance de lo que los colombianos decidan en las urnas cuando sean citados para que se pronuncien sobre lo que se negocie con la guerrilla.
Aunque el Gobierno, con el presidente Santos, el jefe de la delegación negociadora Humberto de la Calle y el ministro del Interior Juan Fernando Cristo, insistió esta semana en todos los escenarios que el elevar a estatus internacional el eventual acuerdo con las Farc o insertarlo a la Constitución sólo tendría efectos a partir de la refrendación popular, el hecho de que esto no haya quedado expresamente señalado en el respectivo acuerdo a que se llegó en La Habana y que se incluyó sin cambiarle una sola coma en el proyecto de acto legislativo para la paz que fue aprobado el miércoles en la Comisión I de la Cámara, generó muchas suspicacias y prevenciones.
Al final de cuentas, lo que hay hoy es la promesa política del Gobierno de que todo lo que se pacte con la guerrilla sólo se pondrá en marcha una vez sea refrendado popularmente. Eso queda claro en lo relativo a la implementación, es decir en el trámite de las leyes y reformas que se deriven del acuerdo, ya que en los respectivos artículos del acto legislativo para la paz está condición está claramente establecida, así:
“Parágrafo. Este procedimiento solo podrá aplicarse una vez se haya firmado y refrendado popularmente el Acuerdo Final, a través del mecanismo que se defina para tal efecto”.
Pero no pasa lo mismo con el nuevo artículo que se incluyó en el acto legislativo y que abre paso a que se pueda elevar el acuerdo final a “acuerdo especial”, que se anexe también a una resolución del Consejo de Seguridad de la ONU y que se pueda insertar luego en el bloque de constitucionalidad, mediante una ley aprobatoria.
En este nuevo artículo no se menciona para nada la palabra refrendación ni tampoco está incluido el parágrafo ya mencionado, pese a que en el debate de la Comisión I de la Cámara varios parlamentarios pidieron que se agregara una afirmación en ese sentido.
Aunque el Gobierno indicó que esto no era necesario porque la exigencia de refrendación previa estaba explícita en los otros artículos, lo cierto es que hay dudas en torno a si el acuerdo final puede llegar a firmarse en La Habana y ser inscrito (ya con el acto legislativo aprobado antes de junio 16) en Ginebra, ante el Consejo Federal Suizo, lo que lo elevaría a la categoría de estatus internacional, sin que antes se haya votado el plebiscito por la paz.
Todo ello genera preguntas sencillas que, al final de la semana, no tienen respuestas claras ni contundentes por parte del Gobierno: ¿Si se eleva a estatus internacional el acuerdo final con las Farc, no se bloquearía o debilitaría una eventual votación negativa al pacto en la refrendación popular que se cite? ¿Acaso no tiene más fuerza una norma externa que una interna?
No faltan los críticos que sostienen que la negativa del Gobierno a que se introdujera el tema de la refrendación en el nuevo artículo sobre ‘blindaje’ jurídico que se añadió al acto legislativo de paz, podría estar relacionada con que las encuestas evidencian que si se citara un plebiscito por la paz, el “Sí” tendría problemas para alcanzar los 4,4 millones de votos que necesita para su aprobación. Así las cosas, el aspecto internacional sería una especie de ‘plan B’ para salvar la negociación.
¿Cómo refrendar?
Un segundo nudo gordiano que se puso sobre el tapete en toda la polémica de esta semana es cuál será el mecanismo de refrendación de los acuerdos.
Este asunto, como se sabe, viene embolatado desde hace mucho tiempo, no sólo porque las Farc siempre han exigido una constituyente, sino porque el Gobierno primero apostó por un referendo por la paz (que está vigente pero descartado) y luego por un plebiscito por la paz, que hoy está bajo la lupa de la Corte Constitucional.
Esta semana, pese al acuerdo sobre ‘blindaje’ jurídico y de garantía de cumplimiento del acuerdo final, la contradicción quedó de nuevo en evidencia. Es claro que el Ejecutivo sigue esperanzado en que la Corte le avale el plebiscito e incluso, dentro de sus cuentas, está el que si se firma antes de dos meses el pacto definitivo en La Habana, entonces hacia septiembre y octubre se podría estar citando a los colombianos a las urnas para la aprobación o negación popular de lo negociado con la guerrilla.
Sin embargo, el asesor jurídico de las Farc, abogado Enrique Santiago, precisó que esa guerrilla no ha renunciado a su idea de citar una constituyente, así alias ‘Iván Márquez’ haya dicho hace pocos días nadie estaba negando que hubiera que “consultar al pueblo” sobre los acuerdos. Esa afirmación del cabecilla que hizo pensar a muchos analistas y sectores que la subversión –que se opone al plebiscito por la paz por haber sido impulsado y tramitado de manera unilateral por el Gobierno, sin negociarlo antes en la Mesa- le abría paso a la posibilidad de una consulta popular como mecanismo de refrendación.
De otro lado, esta semana se conoció el concepto de la Procuraduría sobre el plebiscito que está en examen de exequibilidad en la Corte. El Ministerio Público pidió al alto tribunal tumbarlo argumentando que ante la gran cantidad de temas y la importancia del denominado “acuerdo final” para toda la sociedad, el derecho de los colombianos frente a los acuerdos de La Habana no se puede agotar en la simplicidad de un “Sí” o “No”.
También recalcó el Ministerio Público que “no se puede subordinar a todos los poderes públicos a lo que decidan acordar en el futuro el Gobierno y las Farc, bajo el pretexto de un 13 por ciento del censo electoral y la amenaza de 50 años más de guerra”.
Por último, la Procuraduría dijo que el referendo constitucional es el mecanismo idóneo para la refrendación popular, ya que el “plebiscito por la paz”, tal y como está contemplado hoy, “desnaturaliza el plebiscito, dándole alcance de referendo constitucional o de Asamblea Nacional Constituyente, pero reduciendo o eliminando todas las garantías democráticas. En concepto del ente de control, es un plebiscito autoritario, no democrático”.
Pero como si fuera poco, en una segunda parte del concepto, el Ministerio Público dice que si la Corte no tumba el “plebiscito por la paz” en su totalidad, debe declarar inexequibles varios artículos clave.
Lo cierto es que la próxima semana habrá audiencia pública en la Corte sobre este tema, y allí Gobierno y críticos medirán fuerzas ante los nueve magistrados, que en menos de dos meses deberán dar su fallo definitivo al respecto.
El cuándo del desarme
Pero incluso siendo todavía incierto el sentido de la sentencia de la Corte sobre el plebiscito, la eventualidad de que la cita en las urnas sea en los próximos meses volvió a poner sobre la mesa esta semana otro nudo gordiano: ¿Cuándo se desarmarán las Farc?
Si bien en la Mesa de Negociación todavía no se ha logrado un acuerdo al respecto, aunque las partes afirman que “están cerca”, es claro que no se puede hablar de refrendación popular, sin importar el mecanismo a que se acuda, como tampoco de cuándo y cómo entrarán en vigencia los acuerdos, si el asunto de cómo la guerrilla va a entregar su arsenal no está definido.
En la Mesa, según lo que ha trascendido, las posturas son disímiles. El Gobierno defiende su tesis de que no se puede hacer política ni empezar a aplicar medidas, leyes, reformas ni compromisos que se deriven del acuerdo final de paz, mientras la guerrilla siga en armas. “No vamos a permitir una paz armada”, han repetido Santos y De la Calle muchas veces.
Las Farc, por el contrario, sostienen que mantener el control de las armas no sólo es la garantía de que les cumplirán la palabra, sino también de que no los van a eliminar físicamente, tal como ocurrió con la Unión Patriótica décadas atrás y como hoy pasa con muchos dirigentes sociales y de derechos humanos que están siendo asesinados.
Por lo mismo, el tema de la seguridad de los guerrilleros, sobre todo en las zonas de ubicación que se crearán para albergar a los contingentes subversivos cuando comience el cese el fuego y de hostilidades, está en el centro de la discusión hoy en La Habana. Incluso el director de la Unidad Nacional de Protección ha viajado a Cuba en varias ocasiones para revisar este asunto.
Lo cierto es que este asunto del desarme se cruzó en todo la polémica por la refrendación y el acto legislativo de paz, al punto que la bancada del Partido Conservador está proponiendo que la vigencia del acto legislativo de paz, incluyendo el elevar el pacto a “acuerdo especial”, se condicione no sólo a la votación positiva de un eventual plebiscito, sino también al desarme subversivo y a la garantía de no reincidencia en la actividad delictiva.
De esta manera, el nudo gordiano del desarme sigue siendo transversal a todo el debate alrededor del ‘blindaje’ jurídico del proceso de paz, pese a que aún la Mesa no lo ha definido.
Confusión & polarización
Sin embargo, la principal conclusión de lo que pasó esta semana es que todos esos nudos gordianos y la confusión que genera el no haberlos resuelto, pese a decir que se acerca la recta final de las tratativas, sigue profundizando la polarización política alrededor, no de una salida militar o política a la guerra, sino de si la paz se puede alcanzar con este proceso o será necesario corregirlo o ajustado.
Las controversias entre Santos, el expresidente Álvaro Uribe y el procurador Alejandro Ordóñez si bien subieron de tono esta semana, en el fondo no tienen mucho de nuevo. Y no lo tienen porque las zonas grises alrededor de las tratativas con la guerrilla y sus implicaciones políticas, judiciales, económicas e institucionales continúan siendo las mismas, salvo que ahora de miran bajo la lupa de los últimos pactos anunciados en La Habana.
¿Si hoy estuviera claro cuándo y cómo será la refrendación popular, la pelea entre Santos y Uribe tendría un escenario con tanto eco? ¿Si las Farc ya hubieran admitido cómo y cuándo se desarmarán, muchas de las polémicas de hoy tendrían sentido? ¿Si el Gobierno aceptara incluir en el nuevo artículo del acto legislativo la palabra condicionante “refrendación”, no se neutralizarían la mayoría de las discusiones de esta semana? ¿Qué tanta polarización se podría disminuir si hoy estuviera claro cómo efectivamente los guerrilleros van a pagar por sus delitos o si tendrán o no curules directas en Congreso, asambleas y concejos? ¿Cuántos críticos del proceso de paz disminuirían si hoy ya estuviera esclarecido el grado de validez del modelo de justicia transicional para los guerrilleros?...
En fin, como se ve, es la propia contradicción de un proceso, que se dice en recta final, la que genera sus propias trabas y debates internos y externos. Como no se avanza en la resolución de esos nudos gordianos, la polarización política se profundiza y la posibilidad de alcanzar consensos políticos se aleja aún más.