El exmagistrado colombiano da su primera entrevista como titular del tribunal judicial más importante del continente. Habla sobre las condiciones que debe cumplir cualquier proceso de paz. Dice que sobre Colombia el único caso en este momento en la Corte es el del Palacio de Justicia. Explica el porqué de los peros a la justicia internacional en algunos países. Indica las viejas y nuevas amenazas a los derechos humanos y cómo deben repensarse los mecanismos de defensa, sobre todo en materia de derechos fundamentales y prestacionales
EL NUEVO SIGLO:- ¿Cómo ve la Corte IDH el conflicto armado colombiano, que no sólo es el único en el continente, sino que llega a niveles de barbarie impensables?
HUMBERTO SIERRA PORTO:-La Corte Interamericana es un tribunal que no tiene opiniones generales sobre los distintos problemas, formalmente quien expresa ese tipo de posiciones, por su naturaleza también más marcadamente política, digamos, es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Pero como magistrado de la Corte Interamericana no queda sino esperar que este tipo de conflictos cesen y con esperanzas de que el proceso de paz que adelanta Colombia sea llevado a buen puerto.
ENS:-Lamentablemente el conflicto colombiano tiene algunos desbordes fronterizos en materia de tráfico de combatientes, armas y hasta de personal civil desplazado por la violencia, que pasa a la condición de refugiado ¿La Corte IDH tiene en estos momentos procesos relacionados con esto? ¿Qué responsabilidad le cabe al Estado colombiano y a los estados fronterizos?
HSP:- El Estado colombiano así como todos los países de nuestro entorno, del sistema interamericano, están vinculados con una serie de normas internacionales que regulan y hacen relación al tema de refugiados. La Corte Interamericana recientemente, en este último año, ha proferido algunas decisiones que tienen relación, no exactamente con el tema de refugiados de Colombia, pero sí con esa temática. Hoy en día los temas migratorios son los temas que mayor demanda están exigiendo al Sistema Interamericano. Hay una solicitud de opinión sobre los derechos migratorios de los niños que se está dando en el sur, hay otra sentencia que está pendiente de proferir la Corte Interamericana sobre la situación de refugiados y en general de los emigrantes haitianos en República Dominicana.
ENS:- ¿Por qué en pleno siglo XXI y con un derecho público internacional tan desarrollado, aún se resiste en muchos países la idea de que existen jurisdicciones judiciales supranacionales como la Corte IDH o la CPI?
HSP:- Es normal que en un derecho público tradicionalmente basado en el criterio de soberanía, no sea fácilmente asimilable, o se asimilen con facilidad, los procesos de justicia internacional que se están dando en la actualidad. Los tribunales internacionales son hoy cada vez más importantes, tienen unas importantes funciones en materia de homologación, de establecer una serie de estándares internacionales comunes que nos permiten hablar en un mismo lenguaje a los países que tenemos un entorno cultural y político similar. Por lo tanto creo que más que dificultades, lo que se está dando es un proceso de asimilación de la importancia de los tribunales internacionales, un proceso de alguna manera de diálogo y, eventualmente, de integración de nuestros derechos de una manera que para algunos es muy acelerada y para otros, por supuesto, es muy lenta. Siempre hay discrepancia en este tipo de puntos.
ENS:- ¿Cómo evitar que por la vía de la exacerbación intencional y macartizada del nacionalismo y la soberanía judicial, se quiera esquivar la jurisdicción de la Corte IDH y otros tribunales internacionales?
HSP:- No veo que el problema se plantee en esos términos. Es cierto que hay algunas dificultades en materia del pleno cumplimiento de las discusiones de los tribunales internacionales, pero depende normalmente de la naturaleza de las decisiones que se tomen en los tribunales internacionales. Hay sentencias que requieren tiempo, requieren procesos internos, digamos que de alguna manera son de difícil cumplimiento inmediato. En la Corte Interamericana ese es un fenómeno que no es extraño. Por ejemplo, dentro de las competencias que se tienen en la Corte al momento de decidir un determinado asunto, está la posibilidad de condenar al país a que tome una serie de medidas legislativas, que realice -por ejemplo- campañas de divulgación o de educación en materia de derechos de las mujeres, para evitar que se vuelvan a producir violaciones de derechos en ese sentido. Ese tipo de decisiones establece políticas públicas que requieren leyes y tiempo para ser implementadas. Eso hace que haya una decisión menos inmediata que en las que se toman, por ejemplo, cuando se dice al Estado colombiano que pague una determinada suma de dinero. Eso es mucho más fácil en cuanto tiempo y ejecución, que la otra que le estoy diciendo. Entonces, no es que haya una negativa a cumplir las decisiones de los tribunales internacionales, eso depende de la naturaleza de las decisiones.
Procesos de paz
ENS:- ¿Cómo articular los procesos de paz en donde a cambio del cese de la guerra se sacrifica algo de justicia, con las obligaciones de tratados internacionales que vetan la impunidad a delitos graves o flexibilidades penales exageradas a los responsables de éstos?
HSP:- Ese tipo de problemas, de armonización entre el derecho a la paz y los derechos de las víctimas, es uno de los temas de mayor interés en este momento en el día a día de nuestro trabajo. Es interesante, porque la pregunta es ¿cómo hacer para garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, en los procesos de negociación que puedan darse en los procesos de paz, como es el caso colombiano? Ese es un tema del mayor interés, hay sentencias y se han dado muchos elementos, pero sin duda alguna se trata de un caso concreto. En materia de derecho internacional hay un elemento que cada vez es más importante y es el relativo a lo que se denomina “el contexto”, y contexto significa que no puede tratarse de manera absolutamente idéntica los casos de un país a otro, es necesario tener presente también los elementos propios de cada país, los elementos culturales y políticos para poder decidir. Entonces es muy difícil poder transpolar la jurisprudencia o las decisiones tomadas en caso de países que tienen una situación diferente a la colombiana.
ENS:- ¿Para el caso colombiano, el concepto de justicia transicional no riñe con postulados que permiten a instancias judiciales internacionales intervenir cuando se considere que la flexibilidad penal otorgada a los violentos puede rayar en la llamada ‘justicia aparente’?
HSP:- Es muy difícil hablar en abstracto. En el caso colombiano no podríamos hablar con propiedad sobre ese tema, todavía no tenemos un concepto de paz, con unas condiciones, con unos acuerdos, en donde se diga qué se cede, en qué no se cede en materia de justicia. Por lo tanto, la pregunta en abstracto es muy difícil responderla. Lo importante es que la Corte Interamericana y, en general el Sistema Interamericano, ha sido bastante insistente en mostrar que es necesario, en cualesquiera que sean los mecanismos que se utilicen, el respeto por los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, todos deben ser siempre involucrados en cualquier tipo de decisión que se tome.
ENS:- ¿La Corte IDH conoce denuncias contra legislaciones como Justicia o Paz, o contra procesos que bajo esa legislación permiten penas bajas a cabecillas paramilitares que han confesado múltiples asesinatos y crímenes de lesa humanidad?
HSP:- No, en este momento no hay ningún caso colombiano, salvo el caso del Palacio de Justicia, que está pendiente de sentencia, es lo único que tenemos de Colombia en el momento. En la CIDH es probable que pueda haber otros tipos de casos. Recuerde que en el Sistema Interamericano está la Comisión, que es como la Fiscalía que nos presenta los casos, y la Corte, que es como el juez. Entonces de momento en la Corte Interamericana no hay más casos colombianos.
Libertad de prensa
ENS:- El de libertad de prensa es quizá uno de los derechos más amenazados en América Latina. La censura y las presiones a los medios de comunicación se han camuflado ¿Tiene la legislación internacional ‘dientes’ para hacerle frente a este fenómeno?
HSP:- Sin duda alguna la libertad de expresión es un derecho esencial y clave para la existencia misma del sistema democrático en nuestro país. Es imposible hablar de opinión pública libre si no existe libertad de expresión. En ese sentido, la libertad de expresión es uno de los derechos de mayor relevancia y trascendencia para la integridad. Sin duda alguna la libertad de expresión tiene una dependencia de cada uno de los países. Si un país tiene problemas de derecho, sin duda alguna eso afecta la actuación de los periodistas. La Corte Interamericana ha sido uno de los principales garantes de defensa para ejercer la libertad de expresión y el ejercicio de los periodistas.
Alud de procesos
ENS:- ¿No teme la Corte IDH inundarse de demandas de múltiples actores que, al perder los pleitos a nivel interno en cada país, incluso en instancias de casación, van a la Comisión porque la ven como una especie de tribunal penal de cierre en materia de violaciones de derechos humanos?
HSP:- La verdad es que el sistema tal como está diseñado ha permitido que no se produzcan bloqueos por cantidad de asuntos que llegan a la Corte Interamericana. A nosotros nos llegan los casos que nos presenta la Comisión Interamericana, entonces dependerían de la cantidad de procesos que nos dé la Comisión para la toma de este tipo de decisiones. Sin embargo, me parece muy válido un órgano que permita, en casos extremos de violación de derechos de la Convención Interamericana de Derechos, que los ciudadanos puedan acudir a él.
ENS:- Sin entrar en casos específicos, hay quienes consideran que personas con problemas judiciales acuden al Sistema Interamericano como tabla de salvación para esquivar las decisiones judiciales internas en sus países y poder lograr que se le cobije con medidas cautelares ¿Cómo evitar esa manipulación de la Comisión?
HSP:- El ejercicio de derecho por parte de los ciudadanos comprende la posibilidad de pedir medidas cautelares o pedir que se produzca una sentencia de fondo. Acudir al Sistema Interamericano puede tener muchas motivaciones personales, pero no hay ningún inconveniente que las personas acudan al sistema.
ENS:- ¿Cuáles son hoy por hoy las mayores amenazas a los derechos humanos en el continente y en qué países?
HSP:- El tema de derechos en nuestros países ha evolucionado de una manera parcialmente satisfactoria. Las tradicionales maneras de infracción de derechos -que originaron incluso la existencia del sistema- eran las infracciones que se daban con ocasión de la dictadura de los sistemas autoritarios de décadas pasadas. Los años 60 y 70 marcaron una vulneración de derechos de libertad, de torturas, derechos de primera generación, como tradicionalmente se señalan. Hoy cada vez más hay una presión en otros temas. Por ejemplo, nosotros observamos que temas relativos a libertad de expresión son de gran preocupación para evitar que pueda haber actuaciones que desconozcan estos derechos. Eso se expresa ante los casos que se vienen presentando en la Corte. Hay temas relativos a los derechos de los emigrantes y hay asuntos que está decidiendo la Corte sobre esta problemática. Hay una gran presión también para que se produzcan decisiones que tienen relación con la asistencia del Estado Social de Derecho, como el derecho a la salud, el derecho a la educación, que son de competencia especial de la forma de actuar de la Corte. De manera que la Corte no tiene competencia sobre todos los derechos sociales, no de una manera directa.
ENS:- Hay quienes consideran que el sistema interamericano de defensa de los derechos humanos es utilizado por radicalismos de izquierda y derecha como fórmula de ataque para soslayar a las instituciones y gobiernos nacionales legítima y democráticamente elegidos ¿Qué opina?
HSP:- El Sistema Interamericano obedece a una necesidad que es la de tratar de combatir la vulneración de los derechos humanos establecidos en la Convención. Ese esencialmente es el objetivo. Esos derechos, dependiendo de las situaciones políticas, coinciden con facciones políticas de izquierda o de derecha desde la perspectiva ideológica. Entonces, cuando hay momentos de gobiernos autoritarios de derecha, los que más acuden son los sectores de izquierda… Entonces, hay una tendencia a identificar la protección y la existencia del Sistema Interamericano como un instrumento de la izquierda, pero cuando los gobiernos de izquierda son los que cometen vulneraciones, los que más acuden son los sectores de derecha, y ahí es cuando dicen que el sistema Interamericano es un instrumento de ideología de derecha… Es algo muy relativo, dependiendo de la orientación política del gobierno de turno y quienes están en la oposición son los que acuden al sistema. No sería correcto afirmar, por lo tanto, que el sistema es un instrumento de izquierda o de derecha. Es un instrumento neutro, cualquiera que sea el origen de la vulneración.
Repensar derechos
ENS:- ¿Con una situación tan cambiante a nivel continental y ya en la segunda década del siglo XXI, debe repensarse el concepto de los derechos humanos, sus esferas de protección y los mecanismos para hacerlo?
HSP:- Digamos, aunque parezca paradójico, que hay que discutir el concepto de Derechos Humanos tradicionalmente establecidos. Lo que sucede es que el derecho siempre va cambiando en la medida que las sociedades van transformándose. Los derechos adquieren nuevos contenidos, nuevos alcances, que requieren nuevas medidas de protección en la medida que la sociedad evolucione. Por ejemplo, el derecho a la intimidad antes era esencialmente la prohibición de que se abriesen las cartas, la correspondencia… hoy en día el derecho a la intimidad, con las nuevas tecnologías, con el internet, con las cámaras de televisión, adquiere una connotación que era impensable. Entonces es indispensable entender que los tribunales tienen que estar acorde con las nuevas realidades sociales que generan nuevos retos de protección a la persona.
ENS:- Por ejemplo, hay quienes consideran que la ola de protestas en varios países americanos evidencian que la violación de derechos a la salud, al bienestar social y la equidad son las mayores falencias en materia de derechos humanos, pero que la jurisdicción internacional no es activa para intervenir y forzar a Estados a enfrentar tales fenómenos ¿Qué opina?
HSP:-La pregunta es interesante. Hay una gran presión de las sociedades al Sistema Interamericano para una mayor protección de los derechos prestacionales: el derecho a la vivienda, el derecho a la salud, a la educación… Esa presión en ese sentido que se le hace a los Estados, cuando no encuentra una respuesta adecuada, se ve reflejada en una mayor presión a las autoridades judiciales. Hoy en día cada vez hay más casos donde se pretende exigir ante las autoridades judiciales este tipo de derechos.
ENS:- ¿Cuál debe ser el papel concreto de la nueva relatoría sobre temas de orientación sexual, identidad y expresión de género y diversidad corporal y cómo evitar que choque con orientaciones gubernamentales muy marcadas en esta materia tan controversial?
HSP:- Sin duda alguna es una propuesta muy interesante, no tengo elementos de juicio sobre la manera como actualmente está diseñada, pero cualquiera que sea el trabajo que se vaya a realizar, siempre tendrá que hacerse de manera independiente y autónoma de lo que cada uno de los gobiernos tengan. Es posible que en las relatorías, la manera como se defienda, los recursos que se realicen, puedan generar dificultades, o la manera como los Estados y las autoridades nacionales manejen este asunto. Pero es lo normal cuando se crea este tipo de instituciones. Veo con un gran optimismo que esto se pueda realizar y que pueda tener éxito una relatoría en este sentido, porque sin duda alguna ante esa nueva forma de relacionarse de los seres humanos es indispensable que el derecho regule este tipo de fenómenos, de manera tal que haya garantías en materia de dignidad humana.
ENS:- ¿Cuál será su reto principal en la presidencia de la Corte IDH?
HSP:-La Corte Interamericana, como cualquier tribunal, no tiene agenda ni propósitos porque el trabajo que realiza depende de los cambios que se puedan dar. Me corresponde trabajar con celo, con dedicación para que la Corte Interamericana pueda trabajar adecuadamente. Me corresponde seguir con las buenas relaciones que existen con los tribunales nacionales y me corresponde mantener una relación fluida con los órganos de la OEA.